Por Ramón Fuentes //

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La Federación ya aprobó en Comisión Delegada la nueva directiva impuesta por FIFA en diciembre pasado. El CSD todavía no lo ha aprobado en Comisión Directiva, algo necesario según el ordenamiento jurídico español

 

A la polémica por los reintegros de las subvenciones que el CSD solicita a la RFEF, a las huelgas que vienen produciéndose en distintas territoriales del fútbol español, hay que sumar un nuevo punto de conflicto entre el estamento federativo y el Consejo Superior de Deportes. Y tiene que ver con la normativa y prohibición total sobre los fondos de inversión aprobada por FIFA el pasado mes de diciembre en el Comité Ejecutivo de Marrakech.

 

Como ha venido informando puntualmente IUSPORT,  la FIFA acordó entonces la prohibición total la propiedad de los jugadores por parte de terceros desde el próximo 1 de mayo. Los contratos ya existentes podrán seguir en vigor hasta que expiren, y los firmados entre el 1 de enero y el 30 de abril tendrán un año para adaptarse.

 

Pues bien, esta normativa está dando pie a uno enfrentamiento entre el Ministerio del Deporte español y la Federación Española de Fútbol. Enfrentamiento que tampoco es nuevo, sino que se remonta al mes de junio del año pasado.

 

Conviene recordar que fue en mayo del 2014 cuando la FIFA mostró su primer y claro posicionamiento ante estos fondos de inversión, instando a regularlos, si bien con una clara intención de impedir su libre utilización. Ya entonces la RFEF presentó ante el Consejo Superior de Deportes una reglamentación al respecto atendiendo a los preceptos de FIFA. Reglamento que nunca llegó a aprobarse por parte de la Comisión Directiva del CSD.

 

Una vez que la FIFA aprobó en diciembre este nuevo mapa respecto a los fondos, la RFEF volvió a repetir el mecanismo. Lo primero que hizo, como es norma en su modus operandi, es la aprobación de este nuevo texto legal de los fondos por parte de la Comisión Directiva de la RFEF. Modificación que puso en conocimiento de todos los clubes españoles el pasado el pasado 29 de diciembre, dado a conocer mediante la Circular número 28 del ente federativo.

 

Una vez aprobado en Comisión Delegada, la RFEF trasladó el texto original de FIFA para que fuera ratificado por parte de la Comisión Directiva del CSD. Algo que, a esta fecha del año, no se ha producido y que continúa pendiente. No lo hizo el pasado 9 de enero, cuando se aprobó todo el cambio normativo sobre la violencia, y ahora falta conocer la fecha de la próxima reunión.

 

Una situación de indefinición según el ordenamiento jurídico español

 

El problema radica en que esta falta de aprobación por parte de Estado provoca una situación de indefinición y refleja el enfrentamiento existente entre CSD y RFEF. De acuerdo al ordenamiento jurídico español, para que cualquier norma reglamentaria de una federación ente en vigor necesita la aprobación definitiva de la Comisión Directiva del CSD.

 

El hecho de que esta reglamentación sobre la utilización de los fondos de inversión no se apruebe antes del 1 de mayo, daría pie a una situación muy compleja. Por un lado, al no estar ratificada por el CSD no debería obligar a los clubes españoles a tener que asumirla. Pero por otro, se trata de una norma FIFA de obligado cumplimiento por parte de todas las asociaciones nacionales, incluida la Federación Española de Fútbol. Y en caso de incumplimiento, podría suponer importantes sanciones de de la organización internacional a la española y al propio club que la incumpla.

 

En esta situación de conflicto también está incluida la LFP, radicalmente opuesta a este panorama normativo impuesto por FIFA. De hecho, la patronal española ha denunciado recientemente esta decisión ante la Dirección General de Competencia de la Comisión Europea al considerarlo una práctica que restringe la libertad económica de los jugadores, clubes y terceros sin ninguna justificación y proporcionalidad.

 

La LFP lleva cerca de un año trabajando sobre un borrador para el empleo de los fondos de inversión en nuestro fútbol. Entre los puntos clave se establece que estos fondos u operadores financieros no podrán gestionar más de 4 jugadores de la primera plantilla y un máximo de seis jugadores del filial. Considerando que todas las plantillas cuentan con 25 fichas, estos fondos sólo podrían controlar el 16% del total de los jugadores que lo componen. Además el porcentaje máximo de los fondos sobre la propiedad de un jugador no puedo nunca superar el 50%. Nunca además podrán trabajar con jugadores menores de 16 años y todas las operaciones realizadas por los fondos deberán estar documentadas en la sede de la LFP para que exista total transparencia. Fondos que deberán tener claramente regulados el origen de capital de los mismos y que no podrán operar nunca en paraísos fiscales.

 

Veremos como acaba el asunto. Pero sin duda, es un reflejo más de los momentos de tensión existentes entre las tres instituciones más importantes del futbol en nuestro país: Federación, Liga y el propio Consejo Superior de Deportes.

Por IUSPORT

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