Por Ramón Fuentes //

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No está garantizado, más bien todo lo contrario, que este el TAD falle este viernes sobre el fondo del asunto de la alineación indebida por el Real Madrid de Denis Cheryshev en el partido de ida de los dieciseisavos de final ante el Cádiz.

Fuentes próximas al TAD han informado a IUSPORT que este jueves aún no se había remitido al tribunal toda la documentación preceptiva (se refería a las alegaciones del Cádiz), por lo que si esto no cambia en las próximas horas, la máxima instancia cuasijurisdiccional del deporte español no podrá resolver este viernes.

El TAD no podra resolver hoy, pues, porque faltan las alegaciones del Cadiz. Las partes tienen 10 días y empezaron a contar desde el sábado pasado, los domingos con festivos, luego ahora mismo sólo han pasado 6 días y se cumplirían e miércoles que viene. Y en principio tienen previsto agotar el plazo.

Teniendo en cuenta que el próximo viernes es 25 de diciembre y el siguiente es el 31 de diciembre, salvo que cambien el día de reunión o se reunan de urgencia podemos incluso anunciar que no habrá decisión hasta el 2016. Porque no sería un día normal hasta el viernes 8 de enero, es decir habiéndose jugado la primera ronda de ida de cuartos. Lo que implica que deberían reunirse de urgencia la semana de fin de año (28 de diciembre-30 diciembre) para resolver porque, de lo contrario, como digo podrían resolver incluso habiéndose jugado la ida de los octavos de final de Copa previsto para el 5 y 6 de enero.

En todo cado, en el club blanco no son optimistas sobre el desenlace final del asunto por tres razones: una, la denegación de la cautelar por parte del TAD el pasado viernes. Otra, que el sorteo para la siguiente fase se celebra precisamente este viernes. Y por último, la inexistencia de fechas disponibles para disputar el encuentro de vuelta de la fase ya culminada, en el caso de que el TAD fallase a favor del Real Madrid, antes de que comience la siguiente (Octavos de final).

Sin embargo, el TAD, al resolver sobre la cautelar, no aceptó el argumento del Real Madrid sobre la falta de fechas para disputar el encuentro de vuelta de la eliminatoria si éste no se jugaba anoche y finalmente estimaba su recurso, el tribunal consideró que éste sí podría jugarse antes de la siguiente fase.

«(…) existirá la posibilidad de celebrar el partido de vuelta de la eliminatoria en otra fecha posterior, antes de que tenga lugar la siguiente eliminatoria de la Copa del Rey, mediante el acuerdo entre ambos clubes», señaló el TAD en su resolución.

Los partidos de ida de octavos están previstos para el miércoles 6 de enero y los de vuelta para el miércoles 13.

Como saben los lectores de IUSPORT, el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) denegó el pasado viernes la medida cautelar solicitada por el Real Madrid contra la resolución del Comité de Apelación que el jueves anterior confirmó su eliminación de la Copa del Rey, por alineación indebida del ruso Denis Cheryshev en el partido de ida de los dieciseisavos de final ante el Cádiz.

Después de jugarse el choque de ida el pasado día 2, el Real Madrid envió sus alegaciones para tratar de evitar la sanción primero ante el juez de Competición de la RFEF y después ante el Comité de Apelación.

Ambos rechazaron el argumento esgrimido por el club que alegaba no haber recibido comunicación personal sobre la sanción que Cheryshev debía cumplir por acumulación de amonestaciones la pasada temporada, cuando jugaba cedido en el Villarreal.

El Comité de Apelación descartó además que el caso de Cheryshev tenga similitud con uno mencionado por el Real Madrid como posible precedente a su favor, en el que el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), en su resolución de 30 de enero de este año (caso Lorca féminas), anuló una sanción por alineación indebida al no haber sido notificada a la jugadora afectada.

«El caso no tiene paralelismo alguno con el presente, pues la resolución del TAD anuló la sanción porque la resolución disciplinaria no había llegado al fax del club infractor, por error en el número del fax, no imputable a la RFEF (el club había cambiado el que había suministrado la temporada anterior a la RFEF), pero que de todos modos vició la notificación», sentenció Apelación.  

El TAD aseguró, no obstante, que «resolverá de manera inmediata y sin dilación alguna desde el mismo momento en que se hayan podido completar todos los trámites de audiencia preceptivos».

Por IUSPORT

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