Por Javier Rodríguez Ten //
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Porque, cada vez que hay una decisión «importante» del Comité de competición, rápidamente alguien se queja de trato discriminatorio, de que a los «grandes» se les trata mejor o de que no hay justicia. Y si el Comité de competición decidiera clausurar El Madrigal, que puede hacerlo perfectamente, comenzaría el aluvión de quejas, en este caso respecto del mecherazo a Cristiano Ronaldo, por su proximidad temporal.
Pero hay que tener en cuenta algunos elementos importantes.
En primer lugar, el mechero es un objeto de introducción lícita en un estadio, mientras que el bote lacrimógeno no lo es. Esta circunstancia implica la (discutible) existencia de culpa in vigilando por parte del Villarreal, puesto que en rigor debiera haberse detectado al acceder al campo y retirado. Podemos discutir si realmente es exigible una diligencia de tal entidad como para registrar y cachear a todos los espectadores hasta niveles de tener casi que desnudarlos, pero es indudable que no es lo mismo un supuesto u otro desde el punto de vista del control de acceso.
En segundo lugar, el mecherazo a Cristiano Ronaldo no alteró el desarrollo del partido. Impacto leve sin herida ni lesión, reprochable pero leve. Contrariamente, por el bote lacrimógeno hubo que suspender el encuentro, desalojar el estadio, etc. Por lo tanto, tampoco es lo mismo.
Finalmente, coinciden ambos clubes en no poder identificar al culpable. Todavía. Si lo hiciera el Villarreal, a la culpa inicial habría que añadir (y los Comités deben valorar todas las circunstancias concurrentes, como dispone el Real Decreto 1591/1992) en su descargo la diligencia desplegada al efecto. Ójala encuentren al autor y se proceda contra él. Y no tenemos ningún interés en que se cierre El Madrigal; ójala que no, pero la cosa no pinta bien legalmente hablando… pero si se hace, de verdad que no es lo mismo.