Por Daniel Roberto Viola //

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A partir del 1° de marzo rige la enmienda aprobada por la Federación Internacional del Fútbol Asociado para las transferencias o primera inscripción de jugadores menores de edad. El nuevo texto del artículo 9 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores dispone que «las asociaciones miembro tendrán la obligación de presentar las solicitudes de aprobación de cualquier traspaso internacional de futbolistas menores de edad o de la primera inscripción de un menor de edad extranjero a la subcomisión nombrada por la Comisión del Estatuto del Jugador para todo jugador a partir de la edad de 10 años».

 

La Circular FIFA n° 1468 del 23/01/2015 dice: “…Es sumamente importante señalar y aclarar que, a pesar de que no se requerirá ni un CTI (certificado de transferencia internacional) ni una solicitud a la subcomisión nombrada por la Comisión del Estatuto del Jugador, si una asociación miembro pretende inscribir a jugadores menores de 10 años (antes 12 años), deberá asumir la responsabilidad de verificar y garantizar que se cumplen todos los requisitos para la protección de menores, tal corno estipula el art. 19, apdo. 2 del reglamento…”

 

Esta enmienda es consecuencia directa de la investigación realizada por la Comisión Disciplinaria que culminara con sanciones para el FC Barcelona y la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), con prohibición de traspasos para el club por dos períodos consecutivos (1 año), más multas de 450 mil y 500 mil francos suizos, respectivamente; más la imposición de regularizar la situación pre-existente en plazos perentorios de 90 días para el club respecto de los 10 futbolistas menores involucrados y, de un año para que la RFEF modifique el marco regulatorio y el sistema de transferencias de menores.

 

“Todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado” así reza el artículo 19 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica-1969).

 

En tanto, la Convención sobre los Derechos del Niño aprobada por Naciones Unidas que rige desde el 2 de septiembre de 1990, reconoce en su preámbulo “…que el niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión…”, “el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes”( Art.31).

 

La protección de los derechos universales del niño se extiende hasta los 18 años o una edad menor, cuando una ley les otorga plena capacidad para obrar.

 

En 2014, el Sistema de Correlación de Transferencias conocido como TMS-FIFA, arrojó un total 1793 solicitudes de menores tramitadas. Carlos Desiderio Peucelle (1908-1990), ex jugador de River Plate y entrenador de sus divisiones inferiores en la década del 40, cuestionaba el axioma “la vida del jugador es corta”, sosteniendo que el jugador vive los mismos años que el promedio de la humanidad, y que si no se prepara para afrontar la vida con otros medios luego de su retiro, ello se debe a que la organización del fútbol no se preocupa lo suficiente en proteger al hombre antes que al futbolista.

 

En la actualidad, el niño amante del fútbol vive frustrado si no lograr acceder a un club profesional para “probarse”. Los clubes exigen cada vez más entrenamientos en jornadas de hasta 4 horas diarias, lo cual altera sobremanera al proceso educativo.

 

Esta enmienda FIFA pone el foco en un dato de la realidad sin atender el fondo del problema: El fútbol ha perdido su condición esencial de juego-formación, dado que los más ansiosos por la suerte venidera de los niños son sus propios padres, deseosos de emular los casos de Messi y Neymar, convirtiéndose en esclavos en su empeño por  alcanzar el bienestar económico para el resto de sus vidas.  

                 

             Daniel Roberto Viola, Director de Iusport Latinoamérica
                 Abogado-Universidad de Buenos Aires-Argentina
                 Estudio Viola & Appiolaza- email: estudio@viola-appiolaza.com.ar
                 Nota del autor: Publicado en El Cronista Comercial.

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