Por Luis Torres //
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¿QUÉ ES EL FAIR PLAY FINANCIERO DE LA UEFA?
De sobra es ya conocido el llamado “Fair Play Financiero” o “Financial Fair Play” (en adelante, FFP), que la UEFA impuso en el año 2011 a todos los clubes que se clasificaran para sus dos competiciones: UEFA Champions League y UEFA Europa League.
Este sistema de control financiero se lleva a cabo mediante la licencia que se concede para competir, por méritos propios, en las competiciones europeas organizadas por la UEFA. Licencia que, otorgan las federaciones nacionales (o las ligas en algunos casos). Este procedimiento se basa en el Reglamento de Licencias de Clubes y Juego Limpio Financiero de la UEFA, que verifica los datos económicos de todos los clubes registrados en sus competiciones.
El FFP, obliga a los clubes a no tener pérdidas, a buscar un equilibrio entres sus ingresos y sus gastos. Estableciendo así, un límite a las pérdidas, así como la obligación de que no existan deudas pendientes con otros clubes, jugadores, o agencias tributarias correspondientes de cada país. Según la propia UEFA, “los clubes tienen que pagar a sus jugadores o los traspasos según lo estipulado en los contratos que firman, y si no es así serán sancionados por el organismo competente”. Entendiendo pues, que las deudas deben de ser líquidas, vencidas y exigibles.
Dicho límite se estableció en que los clubes están capacitados para gastar 5 millones de euros más de los que ingresan, siendo esta, la llamada “desviación aceptable no cubierta”. Sin embargo, existe la llamada “desviación aceptable cubierta” mediante la cual, determinados clubes están habilitados para gastar 45 millones más de lo que ingresan (para las temporadas 13/14 y 14/15) y 30 millones (para la 15/16, 16/17 y 17/18), siempre y cuando estas pérdidas puedan ser cubiertas con una contribución o un pago directo del propietario o propietarios del club, o bien, sea una parte relacionada con el mismo.
LA DESVIACIÓN ACEPTABLE |
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Periodo de Monitorización (Temporada) |
Años tenidos en cuenta |
EJERCICIOS FINANCIEROS |
DESVIACIÓN ACEPTABLE |
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Cubierta |
No cubierta |
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2013/2014 |
2 |
NO |
2012 |
2013 |
45M€ |
5M€ |
2014/2015 |
3 |
2012 |
2013 |
2014 |
45M€ |
5M€ |
2015/2016 |
3 |
2013 |
2014 |
2015 |
30M€ |
5M€ |
2016/2017 |
3 |
2014 |
2015 |
2016 |
30M€ |
5M€ |
2017/2018 |
3 |
2015 |
2016 |
2017 |
30M€ |
5M€ |
2018/2019 |
3 |
2016 |
2017 |
2018 |
<30M€ (*por determinar) |
5M€ |
Si bien, si el propietario o esta parte relacionada, invierten en el propio club, mediante una entidad a su nombre o que esté directamente relacionada, el valor de ese contrato/transacción (previa investigación UEFA) se ajustará al valor real de mercado (ejemplo PSG y contrato patrocinio con Oficina de Turismo Qatar, perteneciente a la familia de Al Khelaifi. Valor contrato: 200M€; valor mercado fijado por la UEFA: 100M€).
Para el cálculo de los ingresos y gastos, es decir la denominada “Regla del Punto de Equilibrio”, se toma como punto de partida las cuentas anuales de los tres ejercicios financieros anteriores a la temporada de referencia. Excepto para el caso de la temporada 13/14, donde tan sólo se toman los dos anteriores.
Quedan excluidos de la partida de los gastos para el cálculo del punto de equilibrio (o “Break-even”), todos aquellos que tengan que ver con la inversión en estadios, campos de entrenamiento y desarrollo del fútbol juvenil (cantera).
No por el hecho de incumplir las normas de FFP, supone la expulsión automática de la competición. Existen diferentes tipos de medidas disciplinarias que se van graduando en función del incumplimiento. Encontramos desde la advertencia, la amonestación, la multa y la deducción de puntos, como las medidas menos perjudiciales para la economía del club. Y por otro lado, la retención de ingresos obtenidos en competiciones UEFA, prohibición de registro de nuevos jugadores en competiciones UEFA, así como la restricción de jugadores, la descalificación de la competición en curso o venideras, incluso la retirada del título o premio; todas ellas como las medidas disciplinarias más restrictivas.
El órgano de control de la observancia del Fair Play Financiero es el llamado Comité de Control Financiero de Clubes, quien toma las decisiones y lleva a cabo las investigaciones en este campo.
OBJETIVOS
La idea principal de este sistema era la de establecer un límite a las pérdidas y su consecuencia lógica, como era el no poder hacer frente a los pagos a otros clubes, a jugadores o a autoridades tributarias.
Además de ello, se pretende que los clubes actúen en el mercado con el sentido común y la racionalidad necesarios para no tener dificultades económicas y no generar deudas. Otro objetivo a corto plazo bien podía ser el de reducir la inflación de salarios y transferencias que venían empezando a darse, sobre todo a raíz del fichaje de Cristiano Ronaldo por el Real Madrid, que activó las alarmas en la UEFA. Pero, como hemos visto, no ha surtido mucho efecto entre los grandes clubes de Europa hasta el momento. Y por último y base a esa exclusión que se hace en la partida de los gastos para las inversiones en el fútbol juvenil, la potenciación de la cantera, sus infraestructuras y recursos.
Todo ello, con el fin de que los clubes aumenten su capacidad económica y financiera buscando nuevas fuentes de riqueza. Como inversiones a largo plazo y nuevos proyectos deportivamente ambiciosos, para competir de una manera más igualitaria.
AFFAIRE DI MARIA-PSG: ¿QUÉ OCURRE PARA QUE NO SE CONCRETE EL FICHAJE?
La UEFA, el pasado mes de mayo, sancionó al PSG, entre otros clubes (Dnipro, Bursaspor, Rubin Kazan, Galatasaray, Crvena, Anzhi, Zenit, Levski Sofia y Manchester City).
La sanción al PSG, se debía a la ruptura del punto de equilibrio ya comentado anteriormente, debido a que el club parisino no pudo convencer al Comité de Control de que no tenían ninguna relación con la Oficina de Turismo de Qatar, y su contrato valorado en 200M€ al año, que fue reducido a la mitad. Rompiendo de esta manera, la norma del “Break-even”.
La sanción, tras un acuerdo entre las partes, se basa en que el club francés no podrá inscribir en competición europea a más de 21 jugadores (25 es la cifra normal). Asimismo, se comprometió a no aumentar el gasto en salarios en los próximos 2 años (fijando el límite en 240M€). Igualmente acordaron, no tener pérdidas para la próxima temporada de más de 30 millones de euros, y no tener ningún tipo de déficit para la temporada 2015/16.
Una multa de 60 millones de euros, que si se respeta todo lo establecido por la normativa UEFA en este ámbito, así como las sanciones impuestas en los próximos dos años, será reducido a 20 millones. Además de que no podrá gastar más de 60 millones en fichajes para esta temporada (cantidad prácticamente alcanzada con la transferencia de David Luiz).
Por todo ello, el PSG no puede concretar el fichaje del extremo argentino, ya que en primer lugar, no se quiere desprender de ninguna de sus estrellas (al parecer) para que de esta manera, poder tener tanto un hueco en la masa salarial para hacer frente a la ficha de Ángel Di María, como dinero para concretar su fichaje al club de la capital francesa.
Otra opción parece ser la cesión, pero en este caso, opera el límite salarial impuesto para los dos próximos años, pues el PSG debería hacerse cargo de la ficha de “El Fideo”. Ya que no parece que Florentino vaya a perdonar este detalle.
Estos son los motivos que han generado una situación de “stand by” en la operación y que complican el pase del argentino a la disciplina del PSG.
Quizás, una solución (no muy ortodoxa), podría ser algo similar a lo que el Manchester City ha hecho con Frank Lampard, aunque con distinto ánimo. Y es que la aparición de clubes satélites en otras ligas del mundo con menos control que el que ejerce la UEFA sobre los clubes clasificados para competiciones europeas, puede generar el movimiento de jugadores alternando fichaje/cesión en el mercado entre este tipo clubes. De esta forma, Lampard es jugador del New York City FC cedido al Manchester City, clubes que pertenecen al mismo dueño. Cedido hasta el comienzo de la Major League Soccer.
En base a la Regulación UEFA sobre el Fair Play Financiero, esto se trataría de un gasto para el City, derivado de una transacción entre partes relacionadas, y debería ajustarse al valor real de mercado, siendo así, no habría problemas.
De esta forma, si el PSG tuviera un club satélite, bien podría llevar a cabo el fichaje de Ángel Di Maria, y asimismo cederlo al PSG por una cantidad ajustada al valor de mercado (10M€, quizás), mientras su salario podría ser pagado por el club satélite, y de esta forma no aumentar el gasto en salarios en lo que respecta PSG. Tal vez un poco rocambolesco. Además no sé hasta qué punto la UEFA permitiría algo así en base a las disposiciones que hacen referencia a las “related parties” (partes relacionadas) y las transacciones entre éstos y el ajuste al valor real de mercado que previa investigación, que en este hipotético caso, harían.
Aunque bien es cierto, que esta práctica dañaría la imagen del fútbol e iría contra los principios que trata de propugnar la UEFA con el FFP, así como el de buena fe e igualdad.
Luis Torres
(@Luis_Torres_M)