Por Daniel Roberto Viola //

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La transferencia de Ángel Di María del Real Madrid al Manchester United de Inglaterra fue noticia destacada días pasados.

El costo del traspaso fijado en 80 millones de euros significó ser el más alto del conjunto merengue, superando los 45 millones que pagó el Arsenal por el alemán Özil, pero además, se ubicó al tope del fútbol español, por encima de los traspasos de Radamel Falcao (Atlético Madrid al Mónaco) y de Figo (Barcelona al Madrid) cada uno por 60 millones de euros.

Al mismo tiempo se anuncia que Rosario Central, club donde se iniciara el jugador, embolsará más de 2,2 millones de euros por el llamado mecanismo de solidaridad, contribución que se aplica hasta un máximo del 5% sobre el monto total de cada transferencia durante la carrera del futbolista, establecida por FIFA a favor de los clubes formadores de talentos entre los 12 y 23 años. Pero detrás de esta noticia, se oculta una historia singular que se remonta al año 2007, fecha del primer pase de Di María al fútbol europeo.

 

El 12 de agosto de 2007, Rosario Central (club vendedor) y el Benfica de Portugal (club comprador) firmaron un convenio bajo las siguientes estipulaciones:

(i) Rosario Central cedió el 80% de los derechos económicos sobre el jugador, reteniendo un 20% con miras a un futuro fichaje para otro club.

(ii) Se fijó una opción para el club vendedor del 20% llamada plusvalía, que habría de ejecutarse en caso que el precio de una futura transferencia fuere superior al valor del pase acordado con el Benfica (6,8475 millones de euros).

(iii) Una segunda opción a favor del club comprador: Benfica podría adquirir el derecho de plusvalía hasta el 30 de julio de 2008 previo pago de 2 millones de euros netos, libres de impuestos y gastos. En junio de 2008, en un insólito episodio, el presidente del Benfica le comunicó a Julio Grondona que se había abonado en exceso la suma de 1,105 millón de euros por un error, pidiéndole al mandamás de AFA que le exigiera su devolución al club rosarino.

Ante la imposibilidad de reintegro de ese monto, ambos clubes firmaron un segundo contrato el 12 de agosto de 2008, por el cual Benfica pagó el saldo de 895 mil euros hasta completar los 2 millones de euros, a cambio de la cesión del 20% de los derechos económicos retenidos por Rosario Central, más la cesión del 20% por el derecho de plusvalía sobre una futura venta.

El dinero ingresado habría servido para cancelar viejas deudas con AFA. El acuerdo fue aprobado por la Comisión Directiva de Central presidida por Horacio Usandizaga, los vice-presidentes Daniel Villiguer y Alfredo Bühler, Ricardo Milicic (Secretario) y Hugo Ruggiero (Tesorero), contando con el visto bueno de AFA, que prestó un salvavidas como garante de la operación. En septiembre de 2010, cuando Central había descendido a la B Nacional y su economía flaqueaba, Benfica cedió a Di María al Real Madrid por 25 millones de euros.

Estas secuencias del pasado recobraron vida cuando un acreedor del concurso preventivo de Rosario Central, pidió al juez que se declare la ineficacia de pleno derecho del referido segundo contrato, sosteniendo que el club regaló el 20% de sus derechos económicos por un acto que debe reputarse como gratuito y que como tal resulta prohibido por la ley concursal (art. 16 Ley 24.522), sin haberse solicitado autorización judicial, estimando un perjuicio patrimonial de 6,8 millones de euros.

Mientras una denuncia penal iniciada en 2010 contra ex directivos por presunta administración fraudulenta navega por las aguas de la prescripción, el juez del concurso deberá decidir sobre el pedido de ineficacia del acto impugnado, con chance que todo lo actuado vuelva a fojas cero. Ángel Di María se inició en 1995 en el baby fútbol de Rosario Central y hoy sueña con regresar al club que lo ayudó a crecer. Si el deseo del jugador llegare a cumplirse, servirá para remediar desde el plano emocional todo lo perdido a causa de la misteriosa cláusula de plusvalía.

 

NOTA DEL AUTOR.-  El concurso preventivo del Club A. Rosario Central tramita ante el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Civil y Comercial de  la 8va. Nominación de Rosario (Provincia de Santa Fe- Argentina) Publicado en:  http://www.cronista.com/

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