[Img #3474]Tino Fernández, el aspirante mejor situado a la presidencia del Depor, anuncia una querella criminal contra Augusto César Lendoiro.

En la última Junta General ya había dejado entrever esta acción judicial, tras la negativa de Lendoiro a permitir una votación para cesar al consejo planteada por el propio Fernández. Al término de la junta, Tino Fernández denunció que en la junta se reunió la suficiente representación del accionariado como para votar la revocación del actual consejo y que el presidente lo había impedido ilegalmente, según informa el diario la Opinión de la Coruña.

De acuerdo la información del citado diario, la acción en los tribunales promovida por el empresario se desarrollará al mismo tiempo que el proceso electoral que desembocará en aproximadamente un mes en la elección del consejo deportivista. «En paralelo caminará el proceso judicial, que llegará a donde tenga que llegar cuando tenga que llegar», manifestó el empresario el viernes pasado al finalizar la asamblea de accionistas.
El diario La Voz de Galicia recoge cinco acusaciones que la asesoría jurídica de la candidatura de Tino Fernández estaría analizando para la querella:

Supuesto falseamiento de las cuentas
(Artículo 290 del Código Penal)

El último informe de auditoría fue demoledor para Lendoiro. Auren recoge que las cuentas que presentó a la junta de accionista eran mentira. No reflejan la imagen fiel de la sociedad, entre otras cuestiones porque con anterioridad se realizaron una serie de revalorizaciones del activo que van en contra del Plan General de Contabilidad.

Por este motivo, los abogados entienden que ha infringido el artículo 290 del Código Penal, que dice: «Los administradores, de hecho o de derecho, de una sociedad constituida o en formación, que falsearen las cuentas anuales u otros documentos que deban reflejar la situación jurídica o económica de la entidad, de forma idónea para causar un perjuicio económico a la misma, a alguno de sus socios o a un tercero, serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses».


Haber abusado -presuntamente- del cargo, al no permitir que se votara su destitución

(Artículo 291)

Tino Fernández también considera que Lendoiro incumplió el artículo 291 del Código Penal en tanto en cuanto no permitió votar su propuesta de destitución del actual consejo y nombramiento de uno nuevo. Este artículo señala: «Los que, prevaliéndose de su situación mayoritaria en la junta de accionistas o el órgano de administración de cualquier sociedad constituida o en formación, impusieren acuerdos abusivos, con ánimo de lucro propio o ajeno, en perjuicio de los demás socios, y sin que reporten beneficios a la misma».

No aceptar la delegación de algunas acciones
(Artículo 292)

El incumplimiento del artículo 292 iría encaminado al rechazo por parte de Lendoiro de algunas delegaciones de voto que la candidatura de Tino Fernández entiende que son totalmente legales. Este artículo recoge que se impondrá una pena de seis meses a tres años o una multa «(…) por negación ilícita del ejercicio de este derecho [el de voto] a quienes lo tengan reconocido por ley o por cualquier otro procedimiento semejante».

Incumplir con el derecho de información
(Artículo 293)

Desde hace años, Lendoiro incumple este artículo al impedir a los socios tener toda la información que se va a debatir en las juntas con un mes de antelación. En esta ocasión entregó el informe de auditoría solo tres días antes de la junta.


Haber perjudicado
-presuntamente- a la sociedad, en beneficio de terceros
(Artículo 295)

Contratos de larga duración, actividades de los hijos en las empresas filiales, contrataciones a dedo… Serían acciones que, de haberse producido, podrían incumplir este artículo.

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Por IUSPORT

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