Por José Carlos Páez Romero //

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Ante el anuncio por parte de la Federación de Accionistas y Socios del Fútbol Español (FASFE) de su intención de presentar una denuncia ante las autoridades de competencia de la Unión Europea (UE) por el desigual reparto de los ingresos derivados de los derechos audiovisuales de la liga española, este artículo trata de poner en contexto el recurso de FASFE a la UE a luz del Derecho de la competencia. Para ello se exponen aquí: (i) el mercado relevante (o de referencia), que establece el marco en el que la autoridad de competencia aplica los principios de la política de competencia; (ii) la evolución de la estructura del mercado relevante (por el lado de la oferta); (iii) la valoración de los sistemas de venta de derechos audiovisuales; y (iv) las decisiones de las autoridades de competencia española y europea en relación con el mercado relevante identificado.

 

Tras esta primera aproximación, que tiene como objetivo identificar qué ha motivado la intervención de las autoridades de competencia en este mercado, quedarán sin duda preguntas sin responder sobre la programada denuncia de FASFE. Es por esto que al final del artículo se indican las cuestiones cuyo interés, en este momento previo a la presentación de la denuncia, exige un tratamiento separado en artículos adicionales, que aparecerán en los próximos días en Iusport.

 

El mercado de referencia se define en función tanto del producto como de factores geográficos.

 

En el caso que nos ocupa, el mercado relevante es el mercado de adquisición de derechos de retransmisión en directo de partidos de fútbol de la Liga y de la Copa de S.M. el Rey. Se trata del mercado ascendente de adquisición de derechos de retransmisión por televisión de acontecimientos futbolísticos que se celebran regularmente todos los años. Este mercado se denomina ascendente porque se encuentra en el primer lugar de la cadena de valor de esta particular “industria”, constituyendo una suerte de mercado de insumos básicos; mientras que los mercados descendentes son, por este orden, el mercado intermedio de la edición y comercialización de contenidos audiovisuales; y el mercado final, en el que el cliente es el consumidor de estos contenidos audiovisuales a través de las distintas plataformas existentes. Es así como se configura el modelo de explotación de los derechos audiovisuales de los clubes de fútbol que participan en la Liga y en la Copa de S.M. el Rey.

 

De conformidad con los precedentes nacionales y comunitarios, el ámbito geográfico de este mercado es nacional debido al carácter de la distribución, pues tanto la demanda final como los principales adquirentes de los derechos audiovisuales de los clubes son nacionales; los regímenes reglamentarios son asimismo nacionales; y las barreras lingüísticas y los factores culturales, también nacionales, se revelan como factores definidores del mercado.

 

A pesar de su aparente similitud, los precedentes han diferenciado expresamente este mercado del mercado de adquisición de derechos de retransmisión en directo de las competiciones regulares europeas, debido a la incertidumbre sobre qué equipos españoles van a jugar las distintas eliminatorias de las distintas competiciones regulares europeas y a que los sistemas de comercialización y precios de los derechos audiovisuales nacionales y europeos son diferentes.

 

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