Por Ramón Fuentes //
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La desgraciada lesión de Rafinha la pasada semana en el Olímpico de Roma ha abierto toda una caja de pandora a la hora de interpretar si el Fútbol Club Barcelona, pese a la sanción de FIFA, puede fichar a un jugador en lugar del brasileño dado que se trata de una lesión de larga duración. Conviene empezar diciendo que esta hipotética situación parte del Reglamento de la Federación Española de Fútbol. Concretamente de la circular 4 relativa a la normativa reguladora de la organización y desarrollo de los campeonatos de Primera, Segunda, Segunda B, así como de la Supercopa o la Copa de Su Majestad el Rey publicada el pasado 14 de julio y actualizada tras la determinación final del calendario liguero por parte del Consejo Superior de Deportes.
En dicho escrito, concretamente en el apartado dos de la disposición cuarta donde se establecen los períodos de fichajes para esta temporada 2015-2016, queda bien claro que fuera de los períodos de fichajes, de momento sólo hemos tenido el correspondiente al verano, “podrá excepcionalmente autorizarse la expedición de licencias en dos supuestos”. Y es en el segundo donde deja claro que “un jugador causa baja por enfermedad o lesión que lleve consigo un período de inactividad superior a cinco meses, ello siempre y cuando la inscripción del futbolista no requiera la expedición de un certificado de transferencia internacional”.
Dicho de otro modo, se permite fichar en los casos de lesiones de larga y duración a jugadores que estén compitiendo en la misma liga o que estén actualmente sin equipo. Y en ninguno de los dos casos, podrá participar en las competiciones internacionales donde esté inmerso el equipo en cuestión.
La pregunta que surge ahora es: ¿Puede realmente fichar el Fútbol Club Barcelona a un jugador? ¿Si la sanción FIFA suponía no poder fichar en dos ventanas de fichajes entonces debemos considerar que finalizó el pasado 31 de agosto?. En cierto modo este es el argumento que esgrimen desde la Ciudad Condal. Es decir, desde el día 1 de septiembre, ya consideran que finalizó la prohibición impuesta por el máximo organismo internacional luego, dado que el Reglamento FEF permite poder inscribir a un jugador cuando existe un caso de larga lesión, el club azulgrana ya podría hacerlo. Además en este caso, y siguiendo con esta argumentación, no tendría porque fichar fuera podría inscribir a Arda Turan, actualmente en la plantilla azulgrana, pero que no pudo ser inscrito en agosto por la prohibición de FIFA.
Pero claro ante esta tesitura surge otra pregunta. ¿Qué busca realmente sancionar FIFA las ventanas de fichajes o los períodos de aplicación?. Considerando la respuesta que el propio organismo internacional ha dado al Fútbol Club Barcelona cuando realizaron la consultar por Rafinha, parece claro que es lo segundo. Es decir, con esta sanción FIFA no sólo inhabilita al club poder inscribir jugadores sino que además lo que busca es el impacto que tiene en el período inmediatamente después. Luego no sólo implica no poder inscribir jugadores desde el 1 de julio hasta el 31 de agosto, sino que el castigo abarca todo el período de aplicación de esas inscripciones que se alarga hasta la llamada ventana de invierno. Porque, de lo contrario, estaríamos ante una sanción un poco absurda y limitada a unas fechas, especialmente una vez que se cumple la última ventana de fichajes. Y parece claro que lo que pretende la FIFA con este castigo ejemplar es una repercusión deportiva. Es decir, que este castigo afecte en la situación del club sancionado que debe buscar mecanismos dentro del mismo para poder paliar esta deficiencia de fichajes. Es decir la FIFA busca un escarmiento y no sólo el elemento testimonial de impedir fichar en unas fechas determinadas.
El mercado invernal este año transcurre desde el 4 al 29 de enero 2016
Desde esta óptica parece claro que el Fútbol Club Barcelona no podrá fichar hasta el año 2016 cuando se vuelva a abrir el período de fichajes. Un período que además será bastante más corto de lo que suele ser habitual. Lo normal es que transcurra desde el 1 hasta el 31 de enero pero en el próximo 2016 será cinco días más corto, extendiéndose sólo desde el 4 de enero hasta el día 29 del mismo mes.
La explicación para este recorte tan sustancial está en la propias fechas. Resulta que el día de año nuevo, el 1 de enero, cae en viernes lo que inhabilita inmediatamente a los dos siguientes días, 2 y 3 de enero, para poder realizar cualquier transferencia o inscripción. Y algo similar sucede con el final de mes. En esta ocasión los días 30 y 31 caen en sábado y domingo, lo que también inhabilita a cualquier club para poder fichar en estas últimas 48 horas del mes obligando a tener que cerrar todas las nuevas inscripciones el viernes 29. Son apenas 20 días hábiles los que tendrán los clubes españoles para poder fichar en esta ventana de invierno, empezando por el Fútbol Club Barcelona que ya tendrá todos sus derechos en regla para poder realizar cualquier transferencia internacional.
