Por Ramón Fuentes //
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El griego nacionalizado suizo es el presidente del panel que ha ratificado la sanción de del club azulgrana en el Tribunal de Arbitraje Deportivo. La decisión ha sido tomada por unanimidad por los tres miembros del TAS
Petros Constantinos Mavroidis, posiblemente a nadie le suene este nombre hasta el día de hoy 30 de diciembre de 2014. Pero seguro que desde ahora va a estar en la mente de muchos aficionados del Fútbol Club Barcelona. Ya sea para lo bueno o para lo malo. Resulta que es el presidente del panel del Tribunal de Arbitraje Deportivo que ha adoptado o hecho publico a primera hora de la mañana la decisión que nunca quiso escuchar el Fútbol Club Barcelona. Por unanimidad, los tres miembros del «panel» encargado de decidir acerca del conjunto azulgrana, han optado por ratificar la decisión de la Comisión de Disciplina de FIFA y posteriormente de Apelación, manteniendo la sanción de privación de poder realizar fichajes durante los dos próximos mercados de invierno o verano del año próximo. O lo que es lo mismo, mantiene la prohibición ya existente de poder tramitar transferencias internacionales de jugador por parte del Fútbol Club Barcelona durante todo el año 2015.
Quienes le conocen personalmente le consideran una persona de lo más particular y especial; capaz de todo e impredecible en cada uno de sus decisiones. Pero esta vez no ha sido así. Petros Constantinos Mavroidis junto a los otros dos miembros del Tribunal de Arbitraje Deportivo no han tenido clemencia con el equipo azulgrana. Para quienes no lo conozcan y quieran saber un poco más acerca de su figura, se trata de un prestigioso abogado griego de 53 años que goza desde hace ya muchos años de la nacionalidad suiza. Nacido en Tesalónica, padre de tres hijos, tiene una extensísima trayectoria docente en las mejores universidades del mundo. Cuenta además con un amplio número de libros publicados y desde hoy 30 de diciembre de 2014 pasa a formar parte de la historia del Fútbol Club Barcelona al ser el presidente del «Panel», como así se dice jurídicamente, que ha adoptado una de las decisiones más duras en la historia del Fútbol Club Barcelona y que puede marcar el futuro más inmediato de la entidad azulgrana.
Al Barcelona sólo le queda una última y remota posibilidad en el Tribunal Federal Suizo. Pero los antecedentes no pueden ser más desalentadores. Hasta ahora ha desestimado cerca del 95% de los recursos presentados por resoluciones del TAS; y sólo ha actuado en contra del Tribunal en aquellos casos donde ha quedado demostrado que han existido graves errores en la forma del laudo del TAS pero nunca entran en el fondo de la cuestión.
Circular de la Federación Española sobre la prohibición de los fondos de inversión
Por otra parte, la Federación Española de Fútbol envío ayer lunes 29 diciembre a todas sus federaciones territoriales y el resto de clubes, la Circular 28 relativa a la decisión adoptada la semana pasada por FIFA y que prohíbe la presencia de los fondos de inversión en los derechos económicos de los jugadores. En el mismo documento, la Federación adjunta la circular FIFA numero 1464 donde se modifica el artículo 18 bis y las inclusiones del término «Tercero» y del artículo «18 ter». Y en dicha circular queda bien expuesto todas y cada una de las modificaciones que entran en vigor el próximo jueves 1 de enero del 2015; si bien tienen un margen de adaptación hasta el 1 de mayo del 2015. Dentro de la amplía información de la circular original firmada por Jerome Valcke, Secretario General de la FIFA, conviene resaltar el apartado seis de articulo 18 ter donde deja bien claro que la «Comisión Disciplinaria de la FIFA podrá imponer medidas disciplinarias a los clubes y jugadores que no cumplan las obligaciones estipuladas» en dicho artículo.