Por Ramón Fuentes //
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Será mera casualidad pero justo cuando el TAD, Tribunal Administrativo del Deporte, acaba de resolver favorablemente -de forma cautelar- el caso acerca de los tres puntos del Almería siempre a falta de la decisión definitiva del Tribunal Internacional de Arbitraje Suizo (TAS), la FIFA acaba de remitir una nueva circular a sus asociaciones, entre ellas la Federación Española de Fútbol, y a la que ha tenido acceso IUSPORT.
En dicha carta, firmada el pasado 30 de abril en Zurich, la FIFA vuelve a ser clara y contundente al respecto. En la misiva recuerda las cantidades a pagar en cada una de las asociaciones (CONCACAF, UEFA; CAMENBOL etc..) ya sea entre ellas o entre los clubes pertenecientes a una misma asociación. El texto dice textualmente que unas de las disposiciones del escrito “conciernen a la indemnización de clubes por la formación de jugadores jóvenes”. En dicho escrito la FIFA insta además a todos las asociaciones a clasificar a sus clubes en distintas categorías, concretamente cuatro, conforme a la inversión que efectúe cada club en la inversión de jugadores.
Así por ejemplo en UEFA hay cuatro categorías aplicables a cada uno de los equipos. La categoría uno es de 90000 euros; la dos rebaja la cantidad a 60000 euros; una tercera de 30000 y una cuarta y última de 10000 euros. En España concretamente se pueden aplicar las cuatro categorías a los clubes que militan en la LFP.
Resulta llamativo que este escrito se publica días antes de que el TAD, el Tribunal Administrativo del Deporte, haya hecho oficial que respalda -cautelarmente- el recurso del Almería y le reconoce los tres puntos que le habían quitado la RFEF a instancias de FIFA precisamente por no abonar supuestamente 60000 euros al conjunto danés del Aalborg en concepto de derechos de formación del jugador Jakobsen. El Almería alega que está cantidad estaba incluida ya en el montante de la ficha.
Esta decisión del TAD está condicionada a la postura que adopte el TAS este próximo miércoles. Sin duda este escrito de FIFA, y la tabla adjunta con los distintos baremos económicos, refleja claramente las cantidades que deben abonarse en este concepto entre todos los clubes de todas las asociaciones. Así pues, habrá que estar muy pendientes de la resolución del máximo organismo de pasado mañana. En caso de ser en contra de los intereses del conjunto andaluz, ya sólo tendría el Tribunal Suizo para poder seguir recurriendo.
Períodos de inscripción de jugadores en el 2016
En la misma carta la FIFA ha recordado también a la propia Federación Española de Fútbol y resto de asociaciones que deben comunicar próximamente los períodos para poder inscribir los jugadores a partir del 1 de enero del 2016 y hasta el 31 de diciembre del mismo año. La fecha límite para poder hacer el próximo 1 de julio de este 2015. Porque es norma en FIFA que sus asociaciones comuniquen estas fechas al menos con 12 meses de antelación a que entren en vigor. Varios son los requisitos que deben recibir dichos períodos de inscripción. El período veraniego no debe superar nunca más de doce semanas. El segundo, el conocido como mercado invernal, no podrá superar más de cuatro. Si bien en este segundo la FIFA ha reconocido la posibilidad en la práctica un período de mes natural, es decir algo más de cuatro semanas. En caso de que el último día del período hábil de fichajes, ya sea el mercado veraniego como invernal, y cayera en festivo nunca se podría ampliar al siguiente día hábil si se hubiera cumplido ya las doce semanas del primero o el mes natural en el segundo.
En caso de que la Federación Española no hubiera notificado dichos períodos el próximo día 1 de julio, será la propia FIFA quien podría imponer los fijados por ella misma, además de imponer las medidas que estime oportunas a la propia Federación Española.