Por Ramón Fuentes //

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El pasado 1 de  junio la reunión urgente de más de seis horas de la Comisión Nacional Antiviolencia decidió abrir un expediente como medida y respuesta a la enorme pitada al himno nacional instantes previos a la disputa de la final de Copa del Rey entre Athletic Club de Bilbao y Futbol Club Barcelona en el Camp Nou. Dos fueron principalmente las vías de actuación que se adoptaron ese día. Por un lado solicitar y recabar más información a la Federación Española de Fútbol como organizadora del evento y a los dos clubes implicados en dicha final. Por otro, recabar toda la información posible además de la apertura de un expediente informativo a todas las personas o entidades que hayan podido promover o colaborar en dicha pitada.

 

Pues bien según ayer mismo, como hizo público la propia Comisión Antiviolencia, la Federación Española de Fútbol envió toda la documentación requerida y solicitada hace ahora casi dos semanas por el organismo estatal contra la Violencia.

 

Tres son básicamente los informes que ha enviado el ente federativo. Por un lado está el informe del coordinador de seguridad designado para la final de Copa del pasado 30 de mayo. Se da la circunstancia de que al celebrarse en Cataluña estas facultades en materia de seguridad están delegadas en los Mossos de Escuadra, también conocida como la Policía de la Generalitat de Cataluña. Esto explica que, debido a esta cierta descentralización en el orden policial y no depender directamente de la Policía nacional, ese lunes 1 de junio la Comisión careciera de este informe clave a la hora de poder determinar futuras sanciones. De hecho ayer mismo la propia Comisión seguía reclamando esta información.

 

Sólo hubo un incidente llamativo entre dos aficiones del propio Fútbol Club Barcelona

 

Lo más llamativo es que en dicho documento no se recoge nada que se salga de lo habitual cada vez que se produce este tipo de espectáculos deportivos. Ese sábado se requisaron en los accesos del estadio azulgrana algunas banderas o material que no responden o que no están permitidas su acceso al interior del recinto, además de alguna detención por tema de exceso de alcohol privando al afectado o afectados poder entrar al estadio para ver el partido. Es más, el único roce entre aficiones se produjo entre dos grupos afines al Fútbol Club Barcelona. En ningún momento el informe hace constar percance alguno entre aficionados del conjunto vasco y catalán.

 

El segundo informe tiene que ver con el dispositivo de seguridad que ese día desplegó la Federación Española de Fútbol en los accesos y en el interior del Camp Nou. En el mismo el propio estamento federativo detalla todos y cada unos de los empleados contratados al efecto y las funciones que se le asignaron. En este caso además, y dada las características peculiares de la final, la Federación Española decidió reforzar aún más la seguridad privada contratando a dos empresas distintas. Tampoco aquí hace constar ninguna anomalía lejos de las habituales. Este dispositivo es lógicamente al margen del existente de las fuerzas de orden público.

 

El tercer informe tiene que ver con el acta arbitral. La Comisión Antiviolencia quiere saber porque el colegiado Velasco Carballo dejó vacío y sin reseña alguna el apartado del acta dedicada al “Público”. La respuesta a este respecto del estamento federativo va a ser bien clara. En ese apartado el colegiado debe recoger todos aquellos aspectos u hechos relevantes, tales como gritos racistas, cánticos etc..; que puedan afectar o incluso lleguen a alterar el normal desarrollo del partido. Pero en este caso estamos hablando de algo que sucedió cuando ni siquiera el balón estaba en juego. Eso explica el motivo de que estuviera vacío. Ni siquiera ha sido necesario solicitar, como ha podido pasar en algún caso, una ampliación de acta al colegiado madrileño. La Federación Española lo tiene bien claro a este respecto

 

El Barcelona ha tenido que detallar  cuantas personas del club trabajaron ese día y que funciones desarrollaron

 

No se diferencia mucho la información solicita a la RFEF la que la propia Comisión requirió a los dos clubes implicados en la final, tanto el Athletic Club de Bilbao como el Fútbol Club Barcelona. Quizá llama la atención una de las peticiones requeridas al equipo azulgrana que ayer mismo también presentó la documentación requerida, como dejo constancia también la propia Comisión al final de su reunión semanal. Pues bien ese día, aún cuando el Camp Nou estaba “alquilado” a la Federación Española, el equipo azulgrana ha tenido que detallar cuantos miembros del personal habitual del club trabajaron ese día y las funciones que desempeñaron cada uno de ellos. Parece claro que es una forma de intentar ver hasta qué punto pudiera existir algún tipo de dejadez por parte del club azulgrana si ese día no puso al servicio de la Federación el despliegue habitual o similar de personal que emplean cada vez que el Barcelona disputa un encuentro del campeonato liguero o de la Liga de Campeones en su estadio. Quien todavía no lo ha presentado es el Athletic Club de Bilbao.

 

Una idea de cambio normativo tajante: en casos similares el equipo sería excluido de la competición

 

Lo que sí parece claro, tal y como publicamos el pasado 1 de junio, es que la Comisión Antiviolencia tiene poco margen de actuación para poder sancionar tanto a la Federación Española de Fútbol como organizadora del evento como a los clubes responsables de las aficiones. Y menos considerando esta información aquí mencionada.

 

Otra cosa es en un futuro, siempre y cuando se lleve a cabo la idea o la propuesta para un cambio normativo que el propio Partido Popular dejó entrever en los días posteriores al incidente del himno. Modificación que pasaría por, en caso de repetirse sucesos similares en el futuro, serían los clubes responsables de las aficiones quienes sufrirían un castigo que pasaría por prohibirles participar en la siguiente edición de la competición. Si bien se trata sólo de una idea, esta es la propuesta que se está barajando o sopesando; siempre y cuando legalmente sea posible.

 

La vía administrativa o de la propia Ley contra la Xenofobia, Racismo e intolerancia contra las asociaciones promovedoras de la pitada

 

Parece claro que, dada esta situación, la única vía abierta de posible sanción pasaría por proponer sanciones, dado que la Comisión no tiene capacidad de imponer, a todas aquellas personas o entidades que pudieran haber promovido o inducido a la pitada facilitando medios materiales o de cualquier otro ámbito. Tal y como manifestó el propio organismo del estado, especialmente contra los organizadores y firmantes del Manifest per la Xiulada l´himne español i al Rei Felipe o la organización Catalunya en Acción. A todos ellos se le abrió el correspondiente expediente informativo remitiendo constantemente la documentación que va recibiendo la propia Comisión a la Fiscalía General del Estado.

 

NOTA.- Publicado en Público.es

Por IUSPORT

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