Por Ramón Fuentes //

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El nuevo convenio LFP-AFE vigente desde el pasado mes de julio y que tendrá vigencia las dos próximas temporadas incorpora una importante novedad en el apartado disciplinario. Concretamente en las cantidades económicas que deberán abonar los jugadores cuando cometan algún acto de indisciplina en relación con su club, ya sea de carácter leve, grave o muy grave. A partir de ahora estas cantidades vienen condicionadas por el sueldo mensual del fútbol y no como hasta ahora que en los convenios anteriores estaban estipuladas como cantidades fijas e independientemente de la ficha del jugador.

 

En el caso de las muy graves, cuando el jugador cobre 100000 euros mensuales o por debajo de esta cantidad, podrá ser sancionado con hasta el 25% del salario mensual. Luego el convenio establece una graduación dentro de estas sanciones máximas. Si la sanción grave es de grado mínimo, el porcentaje oscila entre 7,01% hasta el 13%. Hasta el 19% si el grado es medio, y al mencionado 25% en los casos del grado máximo.

 

Pero estos porcentajes varían cuando el sueldo de profesional supera estos cien mil euros. En todos estos casos, además del 25% aplicado anteriormente, se impondrá hasta un máximo de un 10% de exceso del salario mensual. Dicho de otro modo, si un jugador cobra 150000 mil euros mensuales, se le aplicaría el 25% en los primeros cien mil, y hasta un 10% de los cincuenta mil restantes. Las sanciones muy graves incluyen también la suspensión de empleo y sueldo por un mes e incluso del despido.

 

Algo similar sucede en las sanciones tipificadas como graves. Aquellos jugadores cuyo salario sea inferior o igual que los 100000 euros mensuales, podrán ser sancionados con hasta el 7% de su sueldo mensual. Al igual que sucede con las muy graves, el porcentaje oscila desde un 4,01 al 5% en un grado mínimo, un 5,01 hasta 6% del salario mensual en grado medio y el tope del 7% en grado máximo. Cuando el salario del jugador sea superior a los 100000 euros mensuales, al 7% existente se podrá aplicarse hasta un 4% más en el exceso. Estas sanciones graves incluyen la suspensión de empleo y sueldo de dos a diez días. Sólo en las sanciones leves es donde no existe distinción en función de la cuantía del sueldo mensual del jugador. En todos los casos, los jugadores podrán ser castigados con hasta un porcentaje del 4% del sueldo mensual. Y el jugador podría ser suspendido un día de empleo y sueldo.

 

El sueldo mínimo de un jugador en Primera división es de 129000 euros

 

Este nuevo convenio también presenta novedades respecto a los sueldos en Primera y Segunda división.

 

En la máxima categoría esta primera temporada esta cantidad se fija en 129000 euros, por 64.500 en el caso de la división de plata del fútbol español. El mismo convenio establece las mismas cantidades más la correspondiente subida de IPC para la temporada 2015-2016.  Si bien, a priori, ningún jugador de Primera y Segunda división podrá cobrar por debajo de estas cantidades; el convenio permite a cada club o SAD poder tener hasta un máximo tres jugadores durante el primer año donde el sueldo en Primera sea de 120000 euros y 55000 en Segunda. Pero deben ser jugadores con menos de 23 años de edad, que hayan formado parte de la cantera las tres temporadas anteriores a su ascenso a Primera y no pueden haber disputado con anterioridad a ser inscritos con el equipo a la LFP más de diez encuentros.

 

La próxima temporada 2015-2016 habrá seis partidos de liga el 2 de enero del 2016

 

Este nuevo convenio establece los permisos por fiestas navideñas de estos dos próximos años. Esta temporada 2014-2015 este período irá desde el próximo 23 de diciembre hasta el 2 de enero, ambos días incluidos. En el caso de la próxima temporada 2015-2015 se adelanta al día 22 el período vacacional y y se extiende también hasta el dos de enero del 2016. Pero en esta ocasión habrá una excepcionalidad. Considerando que ese verano hay Eurocopa de Naciones, este 2 de enero si está previsto que se disputen tres partidos de la Liga BBVA y otros tres de la Liga Adelante. Como bien queda expuesto en el convenio, la decisión de los encuentros serán seleccionados por la LFP y la AFE atendiendo a criterios de proximidad geográfica y facilidades de desplazamiento.

 

Por ultimo este nuevo convenio incluye ya como obligatorio y parte del mismo el fondo de garantía salarial para cubrir el impago de los clubes a los jugadores. En Primera división este asciende a 420000 euros cuanto el club haya disputado competiciones europeas en las dos últimas temporadas, y 295000 en el resto de los casos.

 

En segunda división, estas cantidades se reducen a 255000 euros si el equipo hubiera participado en Europa en los dos años anteriores y 170000 euros en el resto de casos.

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