[Img #8074]El mismo día en que la RFEF se dirigía al Gobierno en un tono conciliador, «ofreciéndose» a llegar a acuerdos que pongan fin a las tensiones existentes, abre otro frente importante con la LFP.

Se trata de la figura de los delegados informadores que RFEF y Liga, con el beneplácito del CSD, habían pactado y que designaría la Liga para cada partido.

Pues bién, este viernes 30, en torno a las 16:00, la RFEF emitió una nueva circular, la número 34 de esta temporada, en la que informaba a sus afiliados (uno de ellos es la propia LFP), que la Liga tiene prohibido enviar tales delegados informadores a los estadios.

Afirma la RFEF que la Circular nº 13 de la LFP de la presente temporada contraviene la normativa federativa y añade que esta “no permite que un «responsable de la LFP» esté presente en el terreno de juego.

Pero no se queda ahí la RFEF. En la misma circular advierte al club que actué como local que es el responsable de garantizar el correcto uso de las acreditaciones, «bajo apercibimiento de sanciones disciplinarias por el incumplimiento de la normativa federativa en la materia”.

Reacción de la Liga

 

En torno a las 19:00 de este viernes, la LFP hizo pública la Circular 18 de esta temporada 2014-2015, en la que dicta instrucciones a los clubes miembros en orden a la asistencia de sus informadores a los partidos, a la vista de la Circular 34 emitida por la RFEF.

 
La Liga vuelve a defender la legalidad de la Circular 13 y recuerda se trata de algo contemplado en el convenio firmado entre RFEF y LFP.

En el comunicado hecho público, la Liga recuerda lo establecido en el vigente Convenio de Coordinación, suscrito el pasado día 11 de agosto del 2014. En concreto, afirma, dicho convenio atribuye en exclusiva a la LFP, entre otras materias, las relativas a determinar las personas autorizadas a permanecer en el perímetro del terreno de juego.

A tal fin, la LFP dictó, con fecha 17 de octubre del 2014, la Circular nº 13 de la presente temporada deportiva que, entre otras cuestiones, procede a desarrollar el contenido del convenio, atribuyendo a los responsables de partido de la LFP, entre otras competencias, las referentes a permanecer en el perímetro del terreno de juego, al objeto de desarrollar las funciones propias de su cargo allí referenciadas.

Dicha Circular, recuerda la Liga, «fue oportunamente trasladada a la RFEF», por lo que se encuentra plenamente vigente.

Todo ello, sin perjuicio, además, de que «el artículo 23 del Libro IV del Reglamento General de la LFP dispone que “tendrán acceso a los estadios aquellas personas acreditadas por la Liga Nacional de Fútbol Profesional”

En consecuencia, concluye la LFP, la Circular nº 13 «deviene de obligado cumplimiento, tanto para los Clubes/SAD afiliados a la LFP, como para todo el personal federativo (directivos, delegado informador, miembros de comités, árbitros, etc…)»

La dificil papeleta de los clubes

En este escenario, ¿a quién deben obedecer los clubes? A la LFP, que es su patronal y la organizadora de las competiciones de Primera y Segunda A, o a la Federación, de la que son afiliados los clubes y a la que pertenece la propia Liga?

Dejamos ahí el asunto por ahora.

 

 

Por IUSPORT

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