[Img #6275]Es público y notorio que el Partido por excelencia, el clásico Real Madrid-FC Barcelona, se jugará el 25 de octubre.

 
Ya comentamos el pasado 10 de septiembre en Iusport que sorprendía que el primer Clásico de la temporada 2014/15 se disputara justamente el día siguiente al de finalización del cumplimiento de la –por otro lado- disparatada sanción de cuatro meses impuesta a Luis Suárez por la FIFA y ratificada por el TAS.

En un comunicado publicado  en su web, el club catalán informó en su momento que «el Tribunal de Arbitraje del Deporte (TAS) confirmó al FC Barcelona que la sanción al delantero uruguayo finalizará el día antes, la medianoche del viernes 24 de octubre, y por lo tanto, Suárez podría debutar en partido oficial como azulgrana en el partido con el Real Madrid si Luis Enrique lo cree oportuno»

Nos llamaba la atención el especial interés que se había tomado el TAS a la hora de especificar la fecha de comienzo del cumplimiento de la sanción. Algo absolutamente inusual, salvo que se plantee como incidente procesal en la fase de ejecución.

Conforme a la nota de prensa emitida en día por la FIFA,  la comunicación de las diferentes sanciones impuestas al jugador Luis Suárez por el célebre “mordisco” del Italia – fue efectuada el 26 de junio de 2014, al igual que a la Federación uruguaya.

 

Y resulta que  conforme al artículo 34 del Código Disciplinario FIFA, “el cómputo de las sanciones por tiempo determinado podrá interrumpirse en los periodos en que no se celebren competiciones”.

 

No consta que ello se haya hecho respecto de los mencionados cuatro meses con ocasión del parón veraniego, algo lógico si tenemos en cuenta que no sólo afectó a poder jugar, sino también a poder entrenar, acceder a recintos deportivos, etc. (esto luego lo anuló el TAS), y por lo tanto su ejecución se debía mantener activa durante el mismo. De no ser así, estaríamos hablando de varias semanas más para poder reincorporarse a la competición.

 
Al haberse revocado parcialmente la sanción por el TAS, que limitó la suspensión a la participación en partidos oficiales, resulta que Luis Suárez no sólo ganó eso, que tiene su importancia, sino algo mayor: no se modificó el criterio para su cumplimiento. Nos explicamos.

 

Si la suspensión sólo afecta, según el TAS, a los partidos oficiales, la sanción a Suárez debió interrumpirse y reanudarse en el momento de inicio de las competiciones. Pero esta cuestión no fue abordada por el TAS, por lo cual los cuatro meses se han computado desde que le fue notificada la sanción al jugador.

 

Y claro, si lo dice, en este caso lo omite, el más alto tribunal del deporte del mundo, aunque se discrepe del mismo, es obvio que la decisión resultará inamovible.

 

DOCUMENTOS RELACIONADOS

 

– Comunicado del FC Barcelona

 

– Nota de prensa emitida por la FIFA

 

– Código Disciplinario FIFA

 

Por IUSPORT

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