El Barcelona llevó sus cuentas a las asamblea del 16 de octubre del 2010, acompañada de una auditoría preventiva o ‘due diligence’ realizada por KPMG, y la reunión socios acabó con una fractura que continúa vigente, al decidir los socios que la entidad debía demandar con una acción de responsabilidad a la anterior junta.
Según Intereconomía.com, durante la exposición en la asamblea, el representante de KPMG explicó a los socios compromisarios que tras la ‘due diligente’ se ponía de manifiesto «gastos excesivos» en la anterior junta, de haber alquilado jets privados «para asistir a entierros», o un gasto de tres millones de euros para espiar a exdirectivos, así como que con algunas VISA se habían pagado puros y locales nocturnos.
La retahíla fue larga, decía el citado medio, pero lo que enervó a muchos socios fueron algunos pagos como los anteriores señalados, o muchos otros que se publicitaron en días anteriores en algunos medios. Muchos socios se quejaron, por otra parte, que el club debería de haber puesto a disposición de los asociados estos documentos antes de ser votados.
Una vez concluidas todas las exposiciones, el presidente Sandro Rosell justificó por qué la Asamblea debía votar a favor de interponer una demanda contra la anterior junta, y las razones en contra. «No es un momento agradable, pero la Ley dice que debemos hacer esto. Estoy pasando un mal trago. Quiero conseguir la concordia del club», dijo ante los presentes.
«No hay nada punible. No ha habido ningún cheque que haya ido a parar al bolsillo de un directivo. No hay que tener miedo, pero hay que votar. Vamos a adoptar la decisión social más importante de toda la historia del club. Cualquier decisión que se tome, será la mejor para el Barcelona», añadió Rosell, antes de dar sus razones para votar sí y para votar no, aunque al final él votó en blanco.
«Debemos votar que sí porque estamos hablado de pérdidas de 48 millones de euros que alguien debe pagar, porque la junta saliente se ha desprendido de parte del patrimonio, porque se ha vivido en la cultura del dispendio y del gasto injustificado y porque se ha invertido pésimamente en propiedades y jugadores que difícilmente se puede explicar», argumentó.
Para defender que se votase no, Rosell dijo: «Si votamos que no, esto significará seguir con las divisiones del club, porque no es justo que todos los miembros de la anterior junta sean igualmente responsables, porque no es justo que el presidente con más éxitos de a historia (Laporta) se haya de situar ante la ley y demandado por su propio club y porque, además de lograr el patrocinio de Unicef y de frenar a los violentos, el Barça ha logrado el volumen más alto de ingresos de su historia, a pesar de perder dinero».
En la votación, el sí ganó por 26 votos: 468 a favor, 439 en contra y 113 en blanco. Así, el club acordó demandar a la junta saliente de Laporta a la que reclama 48’7 millones de euros, cifra que surge del la suma de los déficit y superávit de los siete años del mandato de la anterior directiva, aunque sólo afecta a la saliente, algo que sorprendió, ya que en las dos primeras temporadas, a partir del 2003, Sandro Rosell, Javier Faus, Josep Maria Bartomeu, Jordi Moix y Jordi Moner, pertenecían a ella, y a la vez fueron los que impulsaron la demanda en 2010.
Y la guinda. En aquella votación, probablemente aturdido tras haber expuesto argumentos para el SI y para el NO, Sandro Rosell votó en blanco, igual que media docena de sus directivos, mientras que el resto votó a favor de que el club presentase la demanda, entre ellos, el actual mandatario, Josep Maria Bartomeu.
Algunos detalles
Según la demanda, cuyo contenido desveló en su día el periódico La Gaceta, del Grupo Intereconomía, Laporta incurrió en gastos «desproporcionados, suntuosos y superfluos». Así, por ejemplo, dice que el expresidente del Barça, actualmente disputado en el Parlamento catalán por el Grupo Mixto, «es destacable el gasto derivado de la utilización de jets privados durante el ejercicio 2009/2010», con un total de 362.000 euros. De esa cantidad, 156.000 euros se emplearon en un solo viaje -cuyo destino no desvela la demanda- para cuatro personas, a 39.000 por cabeza.
La Junta de Laporta, a la que se le atribuyen pérdidas de 47,5 millones, actuaba «al estilo casi faraónico», relata la demanda. «A estos gastos», destaca La Gaceta, «hay que sumar los suntuosos excesos» como los «318.000 euros de difícil justificación cargados a la (tarjeta) visa del guardaespaldas de Laporta por cuentas aparentemente particulares desembolsados en cuentas de restaurantes, hoteles, compras navideñas y visitas nocturnas a la sala Luz de Gas de Barcelona».
Pero los gastos del expresidente del club azulgrana en restaurantes de lujo van mucho más allá. Así, en el texto de la demanda se afirma: «Tampoco tiene fácil explicación que el gasto por catering del palco presidencial tuviera un coste total de 576.000 euros y, como media, 20.000 euros por partido. O que en los gastos por restaurantes, por valor de 262.000 euros, no haya documentación que justifique ni los comensales, ni el motivo del ágape ni su vinculación con el club. Entre estas facturas figuran cuentas de 11.000 euros (en el ejercicio 2009/2010 hubo alguna incluso por 26.000 euros)».
La Junta entonces presidida por Sandro Rosell también exponía en la demanda los derroches de Laporta en concepto de ‘seguridad especial’. Según La Gaceta, sólo entre 2009 y 2010, Joan Laporta gastó 652.000 euros del Barcelona en concepto de seguridad.
La mirada desde el otro lado
Pero no todo es oscuro para Laporta. Toni Frieros ha resumido de esta forma los puntos claves de la demanda contra Laporta:
Concurso Mediapro: Mediapro financió con pagarés a dos años vista el pago de una prima diferida, pero en 2010 estaba en concurso de acreedores. Esa situación se solventó y el FCB ya cobró esa prima. Si los demandados tuvieran que pagar esos 3,2 millones, el FCB habría cobrado dos veces por el mismo concepto.
Caso Sogecable: Acusan a Ferran Soriano de decidir de forma unilateral en 2005 no pagar todo el dinero de la Champions a Sogecable. Esta empresa demandó al FCB y ganó en dos instancias judiciales. El FCB hizo una provisión, pero Deloitte, en 2010, creyó que se tenía que provisionar el cien por cien.
Traspaso de Henry: El traspaso de Henry a los Red Bulls lo gestionó Laporta, igual que el de Touré Yayá al City. La firma y el transfer se hicieron en julio de 2010 con Rosell de presidente. La venta de Henry se apuntó a Laporta con una pérdida de 8,2 millones y la de Touré como beneficio a la junta de Rosell por 14 millones.
Caso Baena: Una sentencia en Primera Instancia le había dado la razón al FC Barcelona. El entonces jugador del RCD Espanyol había recurrido a la sentencia y Deloitte decidió anular el apunte contable al entender que ese dinero nunca se cobraría por parte del club blaugrana.
Parcela de Sant Joan Despí: A la hora del cierre contable no existía la escritura de esa parcela por un retraso, aún así Laporta entendió que era una venta en firme, llegando a cobrar parte del precio y el IVA. La junta de Rosell recuperó esa parcela resolviendo el contrato. Hay expertos que afirman que no ha existido perjuicio económico.
Prima de Mediapro: Deloitte afirmó que la junta de Laporta se apuntó en un solo año 16 de los 20 millones de la prima de Mediapro por la firma del nuevo contrato de derechos audiovisuales. El FCB ha cobrado la totalidad de esa prima. Algunos se preguntan: ¿han de pagar los directivos demandados por algo que el FCB ya ha cobrado?
Terreno de Viladecans: La junta de Rosell encargó a una empresa la tasación de esos terrenos. Ésta estableció que valían 5,5 millones, cuando se habían pagado 18,5 millones. Una sentencia de la Fiscalía de Catalunya afirmó que el FCB había pagado según el precio de expropiación marcada por la Generalitat.
Apunte sobre la cobertura legal de la acción de responsabilidad
La posibilidad de que un club presente una acción de responsabilidad (que se obtiene por mayoría simple de los asistentes) se recoge en las disposiciones transitorias y adicional de la Ley del Deporte de 1990. Para el caso del Barça, que no es una sociedad anónima deportiva, se aplica la disposición adicional séptima, punto 4, de la Ley del Deporte.
ENLACES
http://www.libertaddigital.com/deportes/2011-10-05/laporta-derrocho-millones-de-euros-entre-jets-privados-restaurantes-y-catering-1276437268/
http://www.radiointereconomia.com/2014/09/12/el-lunes-arranca-juicio-contra-junta-de-laporta-para-que-pague-47-millones/