[Img #3228]En la ponencia que impartió durante el reciente Congreso de Benalmádena, Javier Gómez Vallecillo, abogado de la Federación Andaluza de Deportes de Personas con Discapacidad Física (FADDF) y Juez Instructor del Comité Nacional de Apelación de la FEDDF, abordó el interesante tema de la propuesta de inclusión de estas disciplinas que hace el anteproyecto andaluz en las llamadas federaciones generalistas.

Lamenta Gómez Vallecillo que en el ámbito estatal no se hayan instado legalmente las reformas necesarias en la Ley  del Deporte estatal ni se haya ordenado ningún tipo de disposición legal que ampare el proceso de integración deportiva del deporte adaptado.

En consecuencia, subraya Javier Gómez, si un deportista con discapacidad pretende concurrir a un competición nacional, internacional u olímpica, tendrá que renunciar a su Federación Polideportiva, y suscribir licencia federativa con la Federación Nacional correspondiente, sin paliativo alguno, dice  porque si quería hacer valer su licencia de origen, sencillamente no se le permite participar en la competición nacional.

Para Gómez Vallecillo, la situación revela signos de abuso de derecho y desamparo legal, que  no resuelve el Anteproyecto de la nueva Ley del Deporte de Andalucía.

Gómez afirmó que, en la actualidad, parece existir un cierto consenso, que dista mucho de la  solución ideal, configurándose tres opciones de licencia federativa. La competitiva, que  imperiosamente pasa por la Federación Unideportiva de la modalidad. Otra, convalidada por ésta para el caso de las licencias emitidas por la FEDDF (Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física), para el caso de gestión compartida de competiciones, sin coste para el deportista con discapacidad. Y una tercera, denominada licencia de promoción, genérica para todas las modalidades y desde donde se podrá promocionar cualquiera de los deportes en el ámbito autonómico.  Este es el marco de entendimiento alcanzado, por ahora para el deporte estatal.

Ahora tocaría posicionarse al respecto el legislador autonómico, pero, en el caso andaluz, en el nuevo anteproyecto la cuestión se desregulariza, en base a conceptos jurídicos indeterminados.
    
Entiende Gómez Vallecillo que si la nueva propuesta de legislación deportiva para Andalucía no contempla la posibilidad de solucionar el conflicto planteado y no prevé el establecimiento  de garantías suficientes para una adecuada solución pacífica de los problemas enunciados, la nueva regulación, a más de dejar sin resolver serios problemas de coordinación y colaboración entre Administraciones Públicas, podrá convertirse en un foco generador de nuevos y avisados conflictos, para el colectivo deportivo de personas con discapacidad.

Considera que el Anteproyecto de Ley se aparta absolutamente de los principios éticos deseables en el tratamiento de las personas con limitaciones importantes.

La propuesta andaluza

La nueva propuesta reguladora, contenida en el artículo 54 del anteproyecto andaluz, dispone que  las  federaciones deportivas agrupan a los clubes deportivos, deportistas, entrenadores, técnicos, jueces y árbitros y, en su caso, otros colectivos que practiquen, contribuyan al desarrollo o promuevan las correspondientes modalidades deportivas en los términos que reglamentariamente se establezcan.  

Asimismo, sólo podrá existir una federación deportiva por cada modalidad deportiva, con excepción de las federaciones polideportivas constituidas para la práctica de los deportes por personas con discapacidad.

La propuesta introduce un cambio sustancial en los agentes sociales destinatarios de la norma, de modo que la identidad de modalidad deportiva inherente  el concepto legal de federación deportiva se apertura de manera indeterminada a otros entes o colectivos sin determinar, subraya Gómez Vallecillo.  

Según el nuevo texto propuesto, las modalidades deportivas de las federaciones deportivas ya no son exclusivas, porque podrían  quedar condicionadas a la  regulación reglamentaria que aquellos otros colectivos que practiquen la modalidad de que se trate, aparentemente, sin intervención de la Federación, con tal de que se cumpla el requisito por parte del nuevo “colectivo” de que practique, favorezca el desarrollo o promueva la misma.

Según Javier Gómez Vallecillo, parece deducirse que la excepcionalidad que actualmente rige para las federaciones polideportivas queda a merced del “propietario” de la modalidad deportiva, del dueño de la marca. Se produce así, dice, una evidente fisura en la concepción actual de modalidad del deporte adaptado, y que se definía no por el deporte en particular que practique el deportistas, sino por la condición de deportista con discapacidad integrado en una federación polideportiva, con independencia del deporte que practica. Característica que le ha definido hasta ahora, en el seno de su propia Federación Polideportiva, pudiendo ejercitarse en cualquier deporte.

El tenor literal del artículo 8 del Anteproyecto propuesto indica expresamente:

“1. Las Administraciones con competencias en materia deportiva de Andalucía, en sus respectivos ámbitos, promoverán y fomentarán la práctica de la actividad física y el deporte de las personas con discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales.

2. A tal efecto, impulsarán las medidas adecuadas para favorecer la capacitación específica de las personas encargadas de la preparación deportiva de las personas con discapacidad.

3. La Consejería competente en materia de deporte favorecerá la progresiva normalización e integración de los y las deportistas con discapacidad en las federaciones andaluzas de la modalidad deportiva que corresponda.”

Entiende Gómez Vallecillo que la Administración no sólo debe “promover y fomentar la práctica de la actividad física y el deporte de las personas con discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales”, sino que además DEBE, sobre todo, GARANTIZARLA, ya que se trata de un colectivo con serias dificultades tanto sociales como económicas, y vienen siendo considerado como un colectivo de especial atención.

ACCEDER AL TEXTO COMPLETO DE LA PONENCIA

FE DE ERRATA.- Por error, en la versión original de este artículo se consignó que Javier Gómez era letrado de la Federación Española, cuando en verdad es abogado de la Federación Andaluza.


Por IUSPORT

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