[Img #3846]La Audiencia Provincial de Málaga ha respondido a José María del Nido que «como reconoce el mismo solicitante en su escrito», la competencia para acordar la suspensión de la pena de siete años de prisión «definitivamente impuesta sólo corresponde al Tribunal Supremo, sin que quepa posibilidad alguna para entender que a tal pretensión puede y/o debe acceder esta sala».

La Audiencia desestima así la solicitud del abogado y expresidente del Sevilla de suspender provisionalmente la pena de siete años de prisión que le impuso el Tribunal Supremo por el denominado «caso Minutas».

En el auto, la Audiencia recuerda que Del Nido solicitó la suspensión provisional, al menos en lo referido a la pena privativa de libertad, mientras el Tribunal Supremo resuelve sobre la admisión a trámite del incidente de nulidad que ha promovido.

Concluye el auto que «de ninguna manera este tribunal sentenciador puede hurtar tal competencia al Tribunal Supremo, ni siquiera de esa primera forma pretendida por el solicitante».

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Por IUSPORT

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