[Img #4682]La Audiencia Provincial de A Coruña ha desestimado el recurso interpuesto por la Agencia Tributaria (AEAT), confirmando la sentencia que dictó en septiembre del 2013 el Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña, encargado del concurso del Deportivo. La sentencia clasifica como subordinada 21 millones de la deuda fiscal, sometida a una quita del 33 % y a pagar en 17 años a partir del 2034.

El citado juzgado había ordenado a la administración concursal reclasificar la deuda privilegiada, que pasó de 83 a 62 millones de euros.

Hacienda pretendía que los 21 millones se clasificaran como deuda dura, es decir, sin derecho a quita. Decidió recurrir a la Audiencia Provincial al entender que le correspondía un derecho de prenda sobre esos 21 millones.

La sentencia de la Audiencia rechaza, sin embargo, tal pretensión y hace un alegato en favor de la continuidad empresarial:

«La continuidad de la actividad empresarial o profesional del deudor concursado, que legalmente se instrumenta como la finalidad del concurso, que es la satisfacción de los créditos de los acreedores, si se admite la interpretación que hace la parte apelante pierde su sentido, por cuanto sólo redunda en beneficio de uno o unos acreedores y no en el del conjunto que compone la masa pasiva», contiene uno de los fundamentos jurídicos de la sentencia, a la que ha tenido acceso el diario La Opinión de la Coruña.

Por contra, los abogados del club coruñés afirmaron que las supuestas garantías a favor de Hacienda en las que la agencia fiscal basaba su pretensión no tienen el carácter de privilegio, puesto que se trata de prendas establecidas sobre otras prendas anteriores a las que tenían un derecho prioritario los bancos.

«Es como si uno hipoteca tres veces la misma casa», comentó el letrado del Deportivo.

Por su parte, el abogado de NCG recordó en la Sala que tanto el Tribunal Supremo como la Audiencia Provincial de Madrid se pronunciaron ya sobre la «ineficacia» de ese tipo de garantías y añadió que la Agencia Tributaria era perfectamente conocedora de esa situación, pese a lo cual no hizo nada para modificarla. Sánchez Veiga puso los embargos como ejemplo de que Hacienda sabía que no tenía derecho de prenda, ya que uno no se embarga a sí mismo».

Es obvio que la sentencia de la Audiencia Provincial supone un balón de oxígeno tremendo para el Depor.

Según recuerda el citado rotativo, en cumplimiento del convenio, el Deportivo deberá satisfacer 42 millones -19,7 millones previamente embargados fueron entregados por el club a la firma del pacto- desde el próximo 20 de enero de 2015 hasta el 20 de enero de 2023 en dos cuotas mensuales de 2,5 millones cada una de ellas, excepto la primera que será de dos millones de euros, hasta cumplimentar un total de 17 plazos, según explicó Tino Fernández el pasado 11 de marzo.

No obstante, Tino Fernández aun no ha cerrado un acuerdo con los otros dos principales acreedores con deuda privilegiada, Novagalicia Banco y Banco Sabadell Gallego, por un valor de 36.406.342,86 euros.

Contra esta resolución cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Por IUSPORT

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