Por Javier Rodríguez Ten //
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Pues sí. Parece cosa de locos, pero legal es. Tanto como injusto y descabellado. La regulación de la fijación del capital social de las SAD que ascienden o regresan a la categoría profesional es así, y el capital social mínimo que la SD Éibar SAD debe cubrir para permanecer en el gran circo se incrementa por ello en más de un millón de euros, cantidad irrisoria para algunos pero compleja para los modestos, máxime con la que está cayendo.
Porque el Éibar es un modelo a seguir. Un equipo modesto y exitoso, al que tuve el gusto de arbitrar como asistente de Esquinas Torres hace muchos años, en Ipurúa, ante el Orihuela, en Segunda División. Saneado, término escasamente utilizado en el fútbol profesional. A menos que todas las informaciones que circulan sean erróneas.
La clave es que el bien jurídico protegido por la Ley del deporte y el Real Decreto de SAD no peligra: la estabilidad financiera de la entidad, su liquidez y su viabilidad económica, máxime si lograra el ascenso a la Liga BBVA. Otros, concursados o no, arruinados sí o sí, subsisten con el capital social mínimo superado, pero con telarañas en las arcas. Todo un contrasentido.
Por ello es imprescindible que antes de finalizar la temporada, sea en la Ley del deporte profesional o como Disposición Adicional de cualquier texto legal, se habilite la exoneración de ampliar el capital social mínimo a los Clubes y SAD que demuestren estar al día de pagos con su plantilla, Hacienda y la Seguridad Social, algo muy sencillo de demostrar (certificados de AFE, la AEAT y la TGSS). Es lo justo. Ahora sólo hace falta que sea lo legal. Y a tiempo.
