Queraltó comenzó su exposición indicando que el II Convenio Colectivo estaba vigente desde 1993 hasta el 30 de junio de 1997 y ha sido prorrogado automáticamente año a año, y su vigencia real ha sido hasta el 8 de julio de 2013.
La negociación del III Convenio Colectivo se inició en febrero de 2013 a petición del sindicato de jugadores ABP.
El principal problema vino, según la secretaria general, en el momento de revisar el FONDO SOCIAL, que es la cantidad que la ACB abona al sindicato de jugadores. Se discutió sobre el contenido de la contraprestación: derechos de imagen de los jugadores o sostenimiento del sindicato.
Subrayó que el importe del fondo social en 2013 es de 480.000.- euros + IVA. La ponente recordó la convocatoria de huelga de los jugadores para la fecha del pasado 26 de mayo de 2013, con el inicio de la disputa de los Play Off para la Liga.
El pasado 24 de mayo se bloqueó la negociación en la sede del CSD al tratar el tema del Fondo Social. La ABP aceptó una reducción del 30 %, pasando de 480.000 a 336.000.- euros al año, manteniendo el concepto, pero la ACB no aceptaba ni el concepto ni la reducción, proponiendo 275.000.- euros por temporada.
Al día siguiente, se alcanzó un acuerdo en la cifra de 275.000.- euros durante cada una de las cuatro temporadas de vigencia del Convenio más una quinta en caso de prórroga y adicionalmente cesión de jugadores para un partido All Star en beneficio de la ABP, valorándose dicho partido en 100.000.- euros. De este modo, pudo desconvocarse la huelga prevista, disputándose el primer partido de los Play Off de la temporada 2012-2013.
El pasado 28 de julio se firmó un preacuerdo entre la ACB y la ABP. Asimismo, se firmó un acuerdo por el que se mantiene la vigencia del sistema de contratación del II Convenio para las inscripciones en la competición de la temporada 2013-2014.
ESTHER QUERALTÓ se manifestó en relación a la complejidad de la situación actual: según la ABP sigue vigente el II Convenio Colectivo, mientras que para la ACB no lo está, sino que deberán regirse por el preacuerdo del 28 de julio. Se espera que en breve el sindicato ABP ratifique el preacuerdo de 28 de julio y se firme el III Convenio.
En relación a los OBJETIVOS DEL III CONVENIO, la Secretaria General de la ACB analizó el tema desde las dos perspectivas:
1) Desde la perspectiva de la ACB:
a) Contención salarial y “restricción de los movimientos del jugador” para facilitar la identificación con el aficionado.
b) Procedimiento reglado de contratación sujeto a fechas y condiciones de igualdad entre los clubs.
2) Desde la respectiva de la ABP:
a) Limitar el derecho de tanteo.
b) Incrementar la solvencia para el pago de salarios.
c) Mantener el fondo social .
A continuación, expuso la ESTRUCTURA DEL III CONVENIO:
1.- Ámbito de aplicación. Se aplica a todos los jugadores inscritos en la competición, 11 o 12, y también a los jugadores vinculados cuando entrenen y/o jueguen. El III Convenio también incluye a los extranjeros.
2.- Derechos a favor de los clubs: derecho de tanteo y de inscripción preferente y compensación por formación. El derecho de tanteo es el procedimiento por el que un club retiene a un jugador igualando la oferta que el jugador recibe de un tercero.
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