[Img #3219]Queraltó comenzó su exposición indicando que el II Convenio  Colectivo estaba vigente desde 1993 hasta el 30 de junio de 1997 y  ha sido prorrogado automáticamente año a año, y su vigencia real  ha sido hasta el 8 de julio de 2013.

La negociación del III Convenio Colectivo se inició en febrero de  2013 a petición del sindicato de jugadores ABP.

El principal problema vino, según la secretaria general, en el  momento de revisar el FONDO SOCIAL, que es la cantidad que la ACB  abona al sindicato de jugadores. Se discutió sobre el contenido de  la contraprestación: derechos de imagen de los jugadores o  sostenimiento del sindicato.

Subrayó que el importe del fondo social en 2013 es de 480.000.- euros + IVA. La ponente recordó la convocatoria de huelga de los jugadores para la fecha del pasado 26 de mayo de 2013, con el inicio de la disputa de los Play Off para la Liga.

El pasado 24 de mayo se bloqueó la negociación en la sede del CSD  al tratar el tema del Fondo Social. La ABP aceptó una reducción  del 30 %, pasando de 480.000 a 336.000.- euros al año, manteniendo  el concepto, pero la ACB no aceptaba ni el concepto ni la  reducción, proponiendo 275.000.- euros por temporada.

Al día siguiente, se alcanzó un acuerdo en la cifra de 275.000.-  euros durante cada una de las cuatro temporadas de vigencia del  Convenio más una quinta en caso de prórroga y adicionalmente  cesión de jugadores para un partido All Star en beneficio de la  ABP, valorándose dicho partido en 100.000.- euros. De este modo,  pudo desconvocarse la huelga prevista, disputándose el primer  partido de los Play Off de la temporada 2012-2013.

El pasado 28 de julio se firmó un preacuerdo entre la ACB y la  ABP. Asimismo, se firmó un acuerdo por el que se mantiene la  vigencia del sistema de contratación del II Convenio para las  inscripciones en la competición de la temporada 2013-2014.

ESTHER QUERALTÓ se manifestó en relación a la complejidad de la  situación actual: según la ABP sigue vigente el II Convenio  Colectivo, mientras que para la ACB no lo está, sino que deberán  regirse por el preacuerdo del 28 de julio. Se espera que en breve  el sindicato ABP ratifique el preacuerdo de 28 de julio y se firme  el III Convenio.

En relación a los OBJETIVOS DEL III CONVENIO, la Secretaria  General de la ACB analizó el tema desde las dos perspectivas:

1)    Desde la perspectiva de la ACB:

a)  Contención salarial y “restricción de los movimientos del  jugador” para facilitar la identificación con el aficionado.
b) Procedimiento reglado de contratación sujeto a fechas y  condiciones de igualdad entre los clubs.

2)    Desde la respectiva de la ABP:

a) Limitar el derecho de tanteo.
b) Incrementar la solvencia para el pago de salarios.
c) Mantener el fondo social .

A continuación, expuso la ESTRUCTURA DEL III CONVENIO:

1.- Ámbito de aplicación. Se aplica a todos los jugadores  inscritos en la competición, 11 o 12, y también a los jugadores  vinculados cuando entrenen y/o jueguen. El III Convenio también  incluye a los extranjeros.

2.- Derechos a favor de los clubs: derecho de tanteo y de  inscripción preferente y compensación por formación. El derecho de  tanteo es el procedimiento por el que un club retiene a un jugador  igualando la oferta que el jugador recibe de un tercero.


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