Por Daniel Roberto Viola //

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Lo llamativo, es que el Tribunal de Disciplina de AFA consideró que existieron “agresiones mutuas”, aplicando el mínimo de la escala de 1 a 10 partidos de suspensión, previsto por el artículo 203 del Reglamento de Transgresiones y Penas, norma que corresponde aplicar en los casos “cuando no pueda determinarse de quién partió la agresión”.

En el ojo de la tormenta quedó un auxiliar que salió disparado desde el banco del DT de Arsenal, cuya identidad se requiere sea aportada al expediente disciplinario.

La batahola se debió a una contingencia del juego luego de haberse tirado afuera la pelota por presunta lesión de un jugador, tal como pudo observarse en vivo y en directo por la TV pública y gratuita.

Al respecto, vale señalar que la Regla n°5 de las Reglas del Juego según FIFA-IFAB dentro de los “Poderes y Deberes” del árbitro dice:

(i)    “interrumpirá el juego si juzga que algún jugador ha sufrido una lesión grave y se asegurará de que sea transportado fuera del terreno de juego;”

(ii)    “un jugador lesionado sólo podrá regresar al terreno de juego después de que se haya reanudado el partido”;

(iii)    “permitirá que el juego continúe hasta que el balón salga del juego si juzga que un jugador está levemente lesionado”.

Si los jugadores conocieran a pleno esta regla, se evitarían protestas durante el partido, dejándose de lado aquel código no escrito de “tirar la pelota fuera de la cancha”, con cargo que el adversario haga lo mismo al reanudarse el juego.

Las benévolas sanciones que benefician al club fundado por don Julio H. Grondona, no son casuales sino que responden a una estructura de pensamiento que ignora a las imágenes de la TV y que sólo actúa en función de los informes del árbitro y del veedor designado.

Consultado Fernando Mitjans –presidente del Tribunal de Disciplina de AFA y vicepresidente del Comité de Apelaciones de la FIFA- respondió: «Nosotros recibimos 200 expedientes por semana, lo que dificulta la visualización de esos partidos. Además, el referee tiene la posibilidad de ampliar el informe que nos entrega hasta el día martes. Son los árbitros los que nos  tienen que informar a nosotros, como lo hace un policía de tránsito a un juez de faltas».

En Argentina, el criterio dominante es hacer valer el informe escrito por el árbitro, eludiendo la actuación de oficio, aún cuando el Reglamento le confiere al Tribunal de Disciplina facultades para apreciar los hechos según la libre convicción y pronunciarse con los elementos de juicio que considere suficientes, incluyendo el video del partido.

Ello de hecho ya ocurrió y motivó el dictado de la resolución publicada en el Boletín de AFA del 22/03/2011, en el llamado “Caso Galmarini” (ex jugador de Tigre), a quien el Tribunal le quitó (post-partido) una segunda tarjeta amarilla (expulsión) aplicada por el árbitro Germán Delfino por una falta inexistente.

En esta era de “la civilización del espectáculo” al decir de Mario Vargas Llosa (1936; Premio Nobel de Literatura 2010), donde el primer lugar de la tabla de valores lo ocupa el entretenimiento y la diversión se ha convertido en una pasión universal, es innegable que el fútbol por TV integra esa visión ligada a las nuevas tecnologías.

Las imágenes son un valor en sí mismo y muy útiles como vehículo de conocimiento. Ojalá que el Tribunal responsable de impartir justicia deportiva en Argentina, comience a mirar el fútbol por TV, porque ello le reportará mayores certezas.

Daniel Roberto Viola-Director de Iusport Latinoamérica
Abogado-Universidad de Buenos Aires-Argentina.
Posgraduado Curso Derecho y Management del Deporte U.C.A.-F.I.F.A.-C.I.E.S.-Socio Estudio Viola & Appiolaza-Buenos Aires-Argentina.

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