[Img #2610]Al terminar el encuentro, con el ambiente caldeado, Navarro calificó de «robo» la actuación del colegiado Muñiz Fernández, llegando incluso a reflexionar que no seguía hablando para que no le cayera ninguna sanción. El Comité de Árbitros cuenta con material audiovisual para enviarlo a Competición.

De un tiempo a esta parte, el Comité de Árbitros se ha marcado como objetivo denunciar cualquier declaración que ponga en cuestión su honorabilidad.

Los antecedentes, sin embargo, no son nada halagüeños para los árbitros.

El Caso Piqué

El Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol (RFEF), mediante resolución del 23.03.12, acordó archivar la denuncia del Comité de Árbitros al central del Barcelona, Gerard Piqué, por afirmar que su expulsión en el partido Barça-Sporting por parte del colegiado Velasco Carballo fue «premeditada». El Comité había presentado una denuncia contra el internacional español, tras sus declaraciones después del partido del 3 de marzo entre el Barcelona y el Sporting de Gijón, en el que Piqué fue expulsado en el minuto 47, por el colegiado Velasco Carballo.

En la comparecencia de Piqué ante los medios, manifestó que estaba convencido de que el colegiado tenía premeditado sancionarle con expulsión en una jugada, dijo, en la que no era el último jugador, por lo que la expulsión no procedía.

El Comité de Competición consideró que «está suficientemente acuñado el concepto en la jurisprudencia emanada del Tribunal Constitucional de que aquellos que desarrollen una actividad que despierta el interés público, deben soportar, con la consiguiente minoración de sus derechos subjetivos, los reproches que se dirijan a su actuación o las críticas en un sentido amplio, en cuanto a censura o crítica, con los límites que se establecen en el artículo 20.4 de la Constitución Española que prohíbe herir o lesionar la figura moral y la reputación del sujeto pasivo. En esta ocasión, del conjunto de las expresiones proferidas y recogidas en el escrito de alegaciones formulado por el jugador del F.C. Barcelona, no se desprende con la contundencia exigible un animus injuriandi, que si bien es cierto que merecen el reproche contenido en la denuncia formulada por el Comité Técnico de Árbitros, y que este Comité comparte íntegramente, no se aprecia una entidad y un ánimo suficientes por parte del jugador para poderlas ubicar dentro de los supuestos sancionables contenidos en el Código Disciplinario de la RFEF».

El presidente del Comité Técnico de Árbitros afirmó entonces que «sus declaraciones son desafortunadas y muy graves. Entiendo que te hierve la sangre, pero un deportista tiene que tener respeto por el otro».

El precedente de Mourinho (2011)

Los árbitros presentaron cargos contra Mourinho por unas declaraciones del portugués el 25 de febrero de 2011, diciendo que existía distinto rasero arbitral. Era reincidente por su anterior crítica a Pérez Lasa. Competición archivó el caso cuatro meses después. No hubo sanción. En el caso del ‘dedo en el ojo’, Mourinho-Vilanova fueron sancionados un mes después.

El caso Guardiola (2010)

A Guardiola le fue abierto expediente el 16 de marzo de 2010 tras llamar “mentiroso” a Clos Gómez y a uno de sus asistentes después de ser expulsado en un Almería-Barça.  

Competición resolvió el 9 de junio y le impuso una multa de 15.000 euros. El 2 de julio, Apelación confirmó la sanción. Guardiola llevó el caso ante el CEDD y el 17 de septiembre la multa se redujo a 1.500.

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Por IUSPORT

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