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En su resolución, el Comité Español,
reiterando los argumentos expresados en las resoluciones precedentes (UD Las
Palmas-Guadalajara y Racing-Girona), sostiene que la conducta del Club Deportivo
Guadalajara en este asunto “no puede considerarse constitutiva de una infracción
indebida ya que su conducta, que no se produce por primera vez en ese día, venía
amparada por la confianza legítima en el comportamiento de los órganos de la
RFEF competentes sobre la competición e incluso por el de los clubes
competidores, teniendo además en cuenta que cualquier sombra de duda sobre el
comportamiento del club denunciado tendría que resolverse en su favor por operar
en este sentido tanto el principio de presunción de inocencia como el principio
pro competitione”.

Una resolución favorable al Racing le habría reportado
dos puntos más y permitido superar en la tabla al Murcia, recobrando su plaza en
Segunda A. El Murcia, a su vez, se ha beneficiado del descenso administrativo
del Guadalajara a Segunda B.

El club cántabro invocó nuevamente el
artículo 122.2 del Reglamento General de la RFEF, según el cual “deberán
tramitar licencia p [profesional], aquellos futbolistas que, estando inscritos
en equipos de clubes adscritos a competiciones profesionales se alineen en
partidos oficiales de su equipo, en al menos 10 ocasiones”, pero con un
añadido.

Para los abogados del Racing, «lo del Guadalajara es diferente,
porque ya tenía una denuncia pendiente. Podía haber consignado cautelarmente los
23.002,48 euros que costaba la ficha P o no haber convocado a los jugadores,
pero no hizo ninguna de las dos cosas. Y sabía perfectamente el riesgo que
corría. La resolución no era firme y aceptó el riesgo calculado. Dijo, quiero
ahorrarme el dinero pero contar también con la calidad de los jugadores.
Perfecto, pero no se cumple con lo exigido en el Reglamento. Para nosotros la
actuación del Guadalajara es diametralmente distinta a la del Girona. Nosotros
pedimos que se aplique el principio de legalidad, porque el Racing lo cumplió
escrupulosamente y pago todo lo que tenía que pagar para tener a sus futbolistas
como indica y, reitero, exige el Reglamento, es decir, con licencia profesional.
Y así se lo hemos demostrado al CEDD en el escrito remitido. Todo esto claro que
afecta a la competición, uno se ahorró un  dinero importante que pudo destinar a
fichajes, mientras otro destinó esa cantidad -que le hubiera venido
fantásticamente bien para potenciar el equipo- a cumplir, de forma escrupulosa,
con el mandato fijado en el Reglamento. El Guadalajara ya sabía lo que podía
ocurrir, pues tenía una demanda ya presentada y conocía, por lo tanto, el riesgo
en el que incurría al no cumplir con lo estipulado en el Reglamento».

El
gozo en un pozo. El CEDD ha vuelto a pisotear el derecho positivo y envía a
Segunda B a un histórico del fútbol español. Cosas veredes Sancho.

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Por IUSPORT

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