El caso Real Murcia ha tenido un desenlace que difícilmente se habría dado si las dos resoluciones hubiesen sido firmadas por el mismo juez.

Desde que el primer juez interviniente, Andrés Sánchez Magro, firmó el auto de 12 de agosto, por el que suspendía todos los acuerdos de la LFP que impedían al Murcia competir en Segunda A, la mayoría de los autores rechazaron en Iusport que un juez de lo mercantil entrase a revisar un acuerdo de naturaleza disciplinaria (el dictado por el Juez de Disciplina de la LFP), si bien reconocieron la competencia de dicho juez para valorar las cuestiones que atañen a la libre competencia. En este sentido, el auto de este jueves sintoniza con la doctrina mayoritaria.

Sin embargo, el primer juez ya se había ocupado de esa cuestión en el auto del día 12, afirmando su competencia en este aspecto también, por su carácter instrumental, con un razonamiento perfectamente respetable.

¿Qué ha pasado entonces?

Pues que entre uno y otro auto, el juzgado cambió de juez.  Parece una simpleza, pero la experiencia demuestra que rara vez un mismo juez, por puro prurito profesional,  se desdice sobre su propia competencia.  

Aun así,  para el común de los mortales sigue siendo difícil de digerir un cambio de criterio sobre algo de tanta trascendencia por parte de un mismo juzgado en sólo nueve días.  A los ciudadanos, a los aficionados en particular, les parece poco serio que un órgano judicial se declare competente en un conflicto deportivo y ponga al fútbol español patas arriba a escasos días del comienzo de la competición,  y el mismo juzgado confiese nueve días después que no tiene competencia.

Y más difícil le resulta asimilarlo cuando en el auto de 21 de agosto, el juez Vaquer Martin reconoce incurrir en una contradicción al ordenar simultáneamente la inscripción en Segunda A y el descenso a Segunda B, pero declara que a él no le compete resolverla.
 

En cuanto al cambio de criterio en sí, se sabe que el Derecho no es una ciencia exacta;  por eso se dan casos como el actual. Desde Iusport nos proponemos contribuir a acercarlo al gran público, pero somos conscientes de que no es tarea fácil y que el camino es largo.

En cualquier caso, hay algo de lo que debemos estar satisfechos: esta vez la justicia ordinaria sí ha actuado con celeridad y a tiempo, consiguiendo que se haga efectivo el derecho a la tutela judicial también en el deporte, justo lo contrario de lo que propugnan algunas organizaciones privadas internacionales (la FIFA entre ellas),  que tienen la osadía de amenazar a sus afiliados con la expulsión de su seno si acuden a los tribunales nacionales de justicia.

Tan válido fue el auto del día 12, que debió haber sido cumplido y no lo fue,  como el del día 21. Sobre cualquier otra consideración, la obligación de la LFP, de la RFEF y de los clubes es acatar las resoluciones judiciales en sus propios términos mientras no sean anuladas o suspendidas por el órgano judicial competente.

 

Por IUSPORT

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