Por Ramón Fuentes //

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La RFEF ya ha enviado al CSD los acuerdos adoptados en la Comisión Delegada del pasado 22 de diciembre. Ahora falta que la LFP mande el informe favorable al CSD y la aprobación definitiva de propio Consejo Superior de Deportes en su Comisión Directiva

 

Como suele suceder en todo este tipo de procedimientos que implican las modificaciones reglamentarias y disciplinarias, todavía hoy sigue sin estar vigente en nuestro fútbol las medidas acordadas para intentar atajar de raíz cualquier incidente violento dentro de un estadio de fútbol. Modificaciones que afectan expresamente al cierre parcial de los estadios y la creación de la figura del Oficial de Seguridad, ambas incorporadas al Código Disciplinario de la Federación Española de Fútbol.

 

Dicho de otro modo, en el caso de que hubiera incidentes de carácter violento en cualquier de los estadios de Primera y Segunda división, en ningún caso todavía podría aplicarse este tipo de castigo dado que todavía no está en vigor. No lo está a día de hoy, tampoco lo va a estar este fin de semana con motivo de la disputa de una nueva jornada del campeonato nacional de Liga en las dos categorías profesionales de nuestro país, y parece poco probable que esté ya en vigor la próxima semana con motivo de los encuentros de vuelta de la Copa del Rey o la disputa de la jornada decimonovena en Primera división y la vigesimoprimera en la categoría de plata.

 

Y la explicación es bien sencilla. Si bien la Comisión Delegada de la RFEF aprobó dichas modificaciones en la reunión del pasado 22 de diciembre, todavía no se ha completado todo el trámite legal que exige este cambio y sin el cual carece de carácter efectivo. Tramite que exige la aprobación siempre en última instancia del Consejo Superior de Deportes y el visto bueno de la LFP.

 

De hecho, según ha podido saber IUSPORT; ha sido esta misma semana cuando la Federación Española de Fútbol ha remitido al Consejo Superior de Deportes dichas modificaciones adoptadas por su órgano justo antes de las fiestas navideñas. El hecho de no haberlo hecho hasta ahora se explica lógicamente en el parón provocado por las propias fiestas, primero en la semana de Navidad, posteriormente en la celebración del fin de año y en la actual con el día festivo del pasado martes 6 de enero.

 

Una vez que la RFEF ha remitido al CSD dichos cambios que, como ya hemos expuesto anteriormente se resumen en la posibilidad del cierre parcial de los estadios y la aparición de una nueva figura de seguridad en los estadios; el siguiente trámite pasa por que la LFP, de acuerdo a lo establecido reglamentariamente, envíe el correspondiente informe validando la propuesta federativa. Algo que todavía no se ha producido. Una vez se ejecute, ya sólo quedará el trámite final que implica la aprobación de dichos cambios en la Comisión directiva del propio Consejo Superior de Deportes. Hasta que esto no se produzca, dichas modificaciones no pueden ser aplicadas.

 

Luego por tanto sólo falta esperar al envío del documento correspondiente por parte de la LFP y a la fijación de la Comisión directiva por parte del Ministerio del Deporte. Habitualmente suele realizarse a finales de mes pero dada la urgencia expresada en su momento, falta saber si podría adelantarse dicha cita. De momento no se conoce fecha alguna sobre la Comisión pero no es descartable dicho cambio una vez que ya tienen en su poder la documentación de la Federación Española de Fútbol.

 

Lo cierto y verdad es que, de momento y a falta de este último trámite, todavía no están en vigor las normas que LFP, CSD y RFEF quieren imponer para por fin castigar con dureza cualquier conato de violencia en los estadios de fútbol. En el hipotético caso de que sucediera algo en cualquier estadio del fútbol profesional considerado como grave, el Comité de Competición sólo podría acogerse al actual artículo 101 del Código Disciplinario que establece el apercibimiento de cierre y multa de hasta 6000 euros sin poder hacer efectivo el cierre parcial. En los casos de muy graves si recoge el actual texto federativo en su artículo 74 el cierre del estadio e incluso la pérdida de puntos o el descenso de categoría además de multas de hasta 90000 euros para el club infractor.

 

Por IUSPORT

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