Por Ramón Fuentes //
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Ya ayer os anunciábamos la propuesta aprobada por la RFEF y pendiente de ratificación por parte del CSD acerca del número mínimo de jugadores con ficha de la primera plantilla en el terreno de juego. Pues bien son muchas más las peticiones que el estamento federativo ha trasladado al Consejo Superior de Deportes y que están pendientes de ratificación por parte de la Comisión Directiva, organismo que permite finalmente que estas modificaciones tengan vigencia en el deporte español.
Otra de las más llamativas tiene que ver con el actual artículo 124 sobre los períodos de solicitud de licencias y viene propuesta por la propia AFE. Conviene partir del hecho relativo a que todos los jugadores de Primera, Segunda y Segunda B suelen pueden formalizar su inscripción “durante los períodos anuales establecidos para tal fin”. Períodos que comprenden el mercado de verano, habitualmente desde el 1 de julio hasta el 31 de agosto, y el mercado de invierno, habitualmente desde el 1 enero hasta el 31 enero. La más habitual es cuando se producen lesiones de larga duración.
Y otra de ellas es la que habilita para poder inscribir fuera de estos períodos a jugadores que se encuentren en paro o situación de desempleo. Pues bien, hasta ahora el apartado dos del citado artículo 124 viene diciendo al respecto que podrá “inscribirse fuera de los dos períodos de solicitud de licencias aquellos futbolistas con licencia “P”(Profesional) cuyo contratos hubieran vencido antes de que los referidos períodos concluyan”. Es decir sólo los futbolistas con condición de profesional tenía acceso a esta posibilidad.
Pues bien es precisamente en este punto donde se encuentra dicha propuesta de cambio del sindicato de futbolistas, aceptada y aprobada por la Comisión Directiva de la RFEF, a la que sólo falta el refrendo final del CSD. En dicho escrito la AFE y RFEF , de acuerdo al futuro nuevo articulado, se incluyen también a los llamados jugadores “A” o con licencia de aficionado.
Deberán ser inscritos con licencia de profesional
Tal y como recoge el futuro artículo 124, “aquellos futbolistas que, con licencia “A”, acrediten encontrare en situación legal de desempleo como consecuencia de la finalización del contrato laboral con la entidad deportiva antes de que de los referidos períodos concluyan”.
Pero la gran novedad viene en el texto de inmediatamente después donde establece que, para poder ser inscritos, deberán hacerlo con licencia de profesional: “En todo caso, el jugador debe ser inscrito mediante licencia “P” (Profesional) en el nuevo club”. Es decir, que no sólo le habilitas para poder ser fichado fuera de los plazos legales, sino que además debe ser dado de alta con licencia profesional y no como aficionado ; lo cual mejora la situación laboral del citado futbolista.
De hecho así queda expuesto en la exposición de motivos que la propia RFEF ha enviado al CSD donde considera que “de esta manera, se amplían las posibilidades de que futbolistas sin equipo puedan encontrar uno, y además se ampliaría el número de licencias “Profesional” al obligar a tramitar este tipo de licencias a estos jugadores”.
Subir de seis a ocho las licencias profesionales en Segunda B
Precisamente y relacionado con este último punto está otra de las propuestas de modificación y que tiene que ver con las licencias profesionales de Segunda. Hasta ahora, tal y como está recogido en el artículo 121 del reglamento general de la RFEF; son seis licencias profesionales las que puede tener cada equipo de Segunda B. En el nuevo texto se pretende elevar a ocho el número de jugadores profesionales por equipo en la categoría de bronce del fútbol español. Evidentemente una de las consecuencias derivan de lo anteriormente expuesto sobre los jugadores aficionados. El otro esta relacionado con el momento que vivimos y donde parece que los clubes empiezan a superar la crisis económica.
Conviene recordar que esta limitación de licencias se instauró en la temporada 2010/2011 debido a la situación a la que estaban yendo muchos clubes de Segunda B muchos jugadores aficionados percibían cantidades muy superiores a la compensación de gastos. Primero se fijó un mínimo de cuatro que pasaron a ser seis a partir de la temporada 2011/2012. Ahora la propuesta pretende incrementarlo a ocho. Ya sólo falta la ratificación del CSD.
