Por Ramón Fuentes //
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Este pasado fin de semana nos ha dejado una imagen poco ilustrativa del portugués del Real Madrid, Cristiano Ronaldo. Se trata de su incidente con el sevillista Krychowiak que pasó desapercibido para el colegiado González González y sus asistentes porque, en caso de verlo, podría haberle supuesto la inmediata expulsión del jugador además de una importante sanción de partidos al tratarse de un intento de agresión y no estando el balón a una distancia de ser jugado.
Una imagen que, al sólo captar la imagen de la retransmisión y pasar inadvertida para el trío arbitral, lógicamente no fue sancionada ni tampoco quedó reflejada en el acta arbitral. Y ya sabemos que todo aquello que no esté recogido en el acta arbitral no es objeto de sanción por parte del Comité de Competición.
Una vez más vuelve a surgir la misma pregunta: ¿Y no debería sancionarse este tipo de acciones? ¿No debería buscarse una fórmula para que no queden impunes, más cuando son intentos de agresión de atentan contra el espíritu deportivo?. Al margen del protagonismo de Cristiano, parece claro que debería buscarse una fórmula que permita actuar para evitar que gestos tan antideportivos tengan su sanción correspondiente.
La primera, y más lógica, pasaría por una denuncia del club afectado ante el Comité de Competición. Dado que el organismo federativo no entrar a juzgar aquello que no esté en el escrito del colegiado, debería ser el club quien inste a que esto se haga. Porque la denuncia habilita y obliga inmediatamente a tener que analizarlo y juzgarlo. Ya es hora de que acabar con esa ley no escrita entre los clubes por la cual no quieren denunciar a un equipo contrario. En situaciones como la acontecida el domingo en el Sánchez Pijuan o en similares, debería estar aceptado y consensuado por todo el fútbol profesional. Son gestos que atentan contra los valores del deporte, que realizan deportistas que son admirados y venerados por miles de aficionados, muchos de ellos niños; y estas acciones no pueden quedar impunes.
Deberían ser los mismos clubes quienes denunciaran sin miedo a sufrir represalias en el futuro por parte del equipo rival.
La otra vía posible pasa por instar al Comité de Competición a que lo haga, actuando “de oficio”, algo que no se produce desde que el órgano entonces presidido por Alfredo Flórez decidió entrar a juzgar el triste incidente del “dedo en el ojo” de José Mourinho a Tito Vilanova. Desde entonces no ha vuelto a existir una actuación de este estilo por parte del organismo federativo.
¿Y por qué no puede entrar? ¿Qué hay en contra para que no pueda hacerlo? En otras ligas como la Premier League este tipo de actuaciones de “oficio” están a la orden del día. Jurídicamente hablando podríamos considerar que, actuando de esta forma, se sienta un precedente que obliga a tener que hacerlo cada vez que se produzcan acciones similares. Pero igual la solución pasa porque sean los propios clubes los otorguen o establezcan de mutuo acuerdo esta potestad al Comité de Competición. Es decir que sepan antes de empezar la competición que ante situaciones así, el primer organismo jurídico del futbol profesional tiene libertad absoluta para entrar de oficio e imponer la sanción correspondiente. Seguro que de esta forma se evitarían este tipo de acciones en un terreno de juego, más actualmente donde decenas de cámaras recogen todo lo que sucede en el césped.
Porque una última e hipotética situación pasaría porque fueran los propios clubes quienes impusieran sanciones de orden interno al jugador dado que se tratan de gestos antideportivos que vulneran los principios éticos del deporte y nada justifica este tipo de acciones por parte de auténticos profesionales. Pero tampoco parece esta una posible solución.
Está claro que debería articularse algún mecanismo porque, de lo contrario, seguiremos viendo como continúan quedando impunes este tipo de actuaciones totalmente reprochables. Sea o no sea Cristiano Ronaldo.
