En esa guerra silenciosa que libran Ángel María Villar, presidente de la RFEF, y Miguel Cardenal, presidente del CSD, a raíz de que el organismo estatal le pidiese información complementaria respecto a la última auditoría realizada, el presidente federativo está en la creencia de que con los parones de este fin de semana ha conseguido aplacar las «injerencias» del Gobierno con la Federación.
Ciertamente, cabe asegurar que las cartas ya están echadas. Villar haciendo ostentación de poder, al consumarse un parón del fútbol regional en media España, y un Miguel Cardenal que se anda con evasivas a la hora de juzgar esta huelga.
Y lo mismo hizo el secretario de Estado cuando le preguntaron por la esperada norma que debería regular, según la LFP, la venta centralizada de los derechos de TV.
El asunto viene a cuento porque, además de desvelar otro conflicto que se le avecina a Cardenal con la Liga, está íntimamente conectado con el anterior, como ya adelantamos en Iusport y luego comentó Javier Rodríguez Ten.
Y es que el artículo 78 del Estatuto de la FIFA establece que los derechos de las competiciones de cada nación corresponden a las federaciones estatales “sin ninguna restricción”.
Ángel María Villar está en la convicción de que la norma [muy internacional ella pero privada, no se olvide] condiciona la capacidad del Estado para legislar sobre esta materia de los derechos audiovisuales del fútbol.
Cuenta Diego Torres en El País que cuando Villar se enteró de que solo le cedían el 2% de los derechos, sin siquiera consultarle, advirtió al Ejecutivo que estaba redactando «una norma hueca».
Y vuelve el fantasma de Blatter y la amenaza a España con expulsar a sus equipos de las competiciones internacionales. Con la “Pax FIFA” hemos topado de nuevo.
Recuerda Torres que la Federación aprobó la venta unificada de los derechos en 2009, pero ahora, decimos en Iusport, cuando lo quiere la Liga, a Villar «no le convence».
El artículo 78 de los Estatutos de la FIFA establece: «La FIFA, sus miembros y las confederaciones tienen la responsabilidad exclusiva de autorizar la distribución de imágenes, sonidos y otros datos de partidos de fútbol y actos bajo su jurisdicción, sin ningún tipo de restricción respecto al contenido, tiempo lugar y aspectos técnicos legales. Estos derechos incluyen, entre otros, todo tipo de derecho patrimonial, derechos de inscripción, de reproducción y difusión audiovisuales, derechos multimedia, derechos promocionales y mercadotécnicos, así como derechos incorpóreos como el nombre y los derechos sobre las marcas distintivas y los derechos de autor».
De lo que no hay duda es de que Cardenal está más débil ahora que antes de los parones del fútbol regional.
