Aunque formalmente entraron en vigor el 1 de julio, en la práctica su implementación se producirá con el incicio de la nueva temporada, prevista para el 17 de agosto.
En cuanto al Reglamento General, las modificaciones más destacadas afectan principalmente a la obligación de los nuevos clubes de asumir las deudas de sus predecesores cuando estos últimos desaparezcan o dejen de competir, los plazos para la remisión de las licencias provisionales a la RFEF, las limitaciones de los clubes en situación de concurso de acreedores en relación con la aspiración al derecho de ocupar una plaza por causas económicas en Segunda División «B», la obligatoriedad de comparecer en los estadios con una hora y media de antelación en las competiciones de carácter profesional las autorizaciones para la celebración de partidos y torneos amistosos de carácter internacional en España y el reconocimiento de la figura de los directores deportivos de los clubes.
Reglamento
Los preceptos modificados son los artículos 17, 42, 97, 29, 124, 133, 148, 155, 159, 193, 194, 215, 216, 243, 244 y la inclusión de la nueva Disposición Adicional Tercera al Libro Segundo del Reglamento General.
Código Disciplinario
Respecto al Código Disciplinario, los cambios afectan, entre otros, al cumplimiento de las sanciones cuando un futbolista pueda ser alineado en varios equipos, las consecuencias del incumplimiento de las sanciones por parte de los técnicos, y la graduación de las multas en relación a la categoría en que milite el equipo en cuestión, que son los artículos 1, 43, 52, 55, 56, 133 y 139.
Enlace del nuevo Reglamento General de la RFEF
Enlace del nuevo Código Disciplinario de la RFEF
FE DE ERRATAS.- Por error, en la edición de IUSPORT del 2 de agosto se incluyó el art. 43, referente al pago de una tasa o depósito para apelar, entre los modificados, cuando lo cierto es que este precepto había sido modificado en 2012.