[Img #2275]Bruno Gama reclamó en abril pasado que se considerase como crédito contra la masa, y no concursal, la prima de  contrato, alegando que se devengaba al final de temporada, es decir, después del concurso. Pretendía el jugador tener prioridad de cobro sobre los créditos concursales. La prima en el Depor se cobra en junio, fecha posterior a la declaración del concurso voluntario, y en esto se basaba Gama para que fuera calificado de crédito contra la masa.

Por el contrario, el criterio que siguió la administración concursal fue el de considerar la prima en parte deuda concursal y en parte deuda de la masa.

El juez se inclinó por la tesis de  los administradores concursales y se armó la de San Quintín. Según la sentencia del juez Rafael García Pérez, a la que ha tenido acceso IUSPORT (y cuyo texto íntegro ofrecemos en nuestras BASES DE DATOS) la prima de contratación tiene la consideración de salario, y como tal, se devenga por días. Así lo establece el Real Decreto 1006/1985 de 26 de junio, que regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales, en su  art. 8.2, y el convenio colectivo para la actividad del fútbol profesional suscrito entre la Liga Nacional de Fútbol Profesional y la Asociación de Futbolistas Españoles de 31 de julio de 2008 en sus artículos 19 y 20.

El juez cita la doctrina que ha mantenido al respecto el Tribunal Supremo. Como salario, debe considerarse que se devenga día a día, pues es cuando se produce la prestación de servicios por parte del jugador, y es, por tanto, cuando se va generando el crédito salarial, por lo que procede el prorrateo realizado por la administración concursal.

Extrapolando esta decisión al conjunto de la plantilla, resulta que parte de lo adeudado a los jugadores se debe abonar antes del 31 de julio y otra parte se pagaría en función del concurso.

Y con ello vuelve a producirse el choque entre la normativa mercantil y la deportiva. Y es que según la normativa federativa y de la LFP, para participar en competición los clubes no pueden «tener deudas pendientes, líquidas y exigibles  con jugadores». En caso contrario, se podría producir el descenso administrativo.

El presidente de la LFP, Javier Tebas, dijo a La Voz de Galicia: «Había una puerta de salida para que el 31 de julio no  hubiera problemas. Si se hubiera considerado la totalidad del contrato de los jugadores exigibles a 30 de junio, se habría  dado un gran paso. Ahora, esa salida se cerró con el auto y mucho me temo que no queda otra. No se me ocurre cómo evitar el descenso del Depor».

Por IUSPORT

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