La RFEF ha adoptado nuevas directrices acerca de la celebración de homenajes en las competiciones oficiales.
Así lo acordó en la reunión de la Junta Directiva del pasado 28 de enero y abarca a todas las “manifestaciones de rendición de tributos, homenajes, distinciones o consideraciones, tales como minutos de silencio, entrega de trofeos o distinciones, etc. con ocasión de los partidos de futbol que se disputen en España”.
Este acuerdo ha sido puesto en conocimiento de sus afiliados por medio de la Circular 35 de esta emporada, la cual establece que “el colegiado designado para el encuentro podrá ser conocedor de dicha circunstancia y prever su realización, de cara a personarse con mayor antelación en las instalaciones si fuera necesario y en general, para poder adoptar las medidas necesarias para su realización”.
Con respecto a los actos de homenaje a personas fallecidas, la RFEF autoriza a los clubes a celebrarlos pero aclara que deben informar “a la RFEF con la antelación suficiente para que el árbitro del partido pueda favorecer la realización de los mismos”.
Y advierte que en el “caso de los actos en nombre de todo el fútbol español o de alguna categoría y/o competición especifica, solo pueden ser acordados por la RFEF”
TEXTO ÍNTEGRO DE LA CIRCULAR 35