[Img #5841]El Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, que dirige Mercedes Alaya, ha dictado auto de procesamiento contra Manuel Ruiz de Lopera, máximo accionista del Real Betis, y contra el resto de imputados en la causa.

 

Hace pocos días, el ex máximo accionista del Betis Manuel Ruiz de Lopera había pedido a la juez que le devolviese el control de sus acciones mayoritarias en el club.

 

Lopera, dijo que era de «urgente necesidad» la normalización jurídica del Betis para «evitar el progresivo agravamiento de su deterioro institucional provocado por las actuales medidas  cautelares», vigentes desde que en julio de 2010 la juez de instrucción 6 de Sevilla le retiró el control de sus acciones.

 

En marzo de 2011, la juez Mercedes Alaya justificó su mantenimiento en la «normalización del desenvolvimiento» del club, en un escrito en el que afirmaba que la administración judicial  del Betis lo había beneficiado en los aspectos jurídico, económico y deportivo.

 

El ex máximo accionista del Betis está imputado en una causa por presunto delito societario en la que, según los peritos judiciales, causó al club en las temporadas 1999 a 2008 un perjuicio económico de 17 millones de euros y entre los años 1993 y 1998 de otros 12,4 millones de euros.

 

Auto previo de imputación

 

En el auto de imputación de noviembre de 2013, la juez aseguraba que Manuel Ruiz de Lopera consideraba al Real Betis como “una fuente inagotable de negocio”, del que obtuvo beneficios de 25 millones de euros a través de sus empresas Tegasa y Encadesa y lo perjudicó en la misma cantidad.

 

Lopera “entendía su relación con el Real Betis como un negocio del que obtener ventajas económicas”, señalaba la juez en su escrito de imputación, que le ha leído antes de que el expresidente del club de fútbol sevillano se negarse a declarar.

 

La juez afirmaba que Lopera, que gestionó el Betis entre 1992 y 2010, habría cometido los delitos continuados de apropiación indebida y otro societario. Además, decía la juez, el expresidente bético gestionó privadamente recursos de la actividad deportiva del club y cedía a sus empresas todos los ingresos que recibía del Betis derivados de su actividad deportiva a cambio de una cantidad fija o variable según las temporadas, lo que le permitiría  apoderarse de parte de los recursos.

 

Autocontratación

 

“El fenómeno de autocontratación llegaría a su punto álgido” con el contrato del 11 de julio de 2001 entre Tegasa, Encadesa y el Real Betis con el que Lopera controlaría las tres entidades,  subrayaba la juez.

 

En ese contrato, el Betis reconocía adeudar a Tegasa por anticipos a cuenta 1.226 millones de pesetas, derecho en el que se subrogó Encadesa comprometiendo su pago a la primera empresa, precisa la juez.“

 

Y también es ciertamente sorprendente, y de paso indiciariamente ilícito”, señalaba Alaya, el contrato de 20 de febrero de 2002, cuya firma ordena Lopera entre el Betis y Encadesa y por el que se acuerda que el club pague 1.127 millones de pesetas a la empresa por la no continuación de las obras del estadio, que siguen paralizadas.

 

Con esos contratos, la empresa de Lopera Encadesa adquirió la capacidad, por cesión del Betis, de negociar con terceros en nombre propio y no por cuenta del club derechos económicos de la  actividad deportiva, la publicidad, la radio o la televisión.

 

Tegasa, por su parte, se quedaba con el derecho de patrocinio sobre los futbolistas y con la explotación de los derechos de imagen, y esta actividad con ambas empresas “constituye una clara disminución del patrimonio del Real Betis”, concluye la juez.

 

TEXTO ÍNTEGRO DEL AUTO

 

RESOLUCIONES JUDICIALES SOBRE EL CASO.

 

Por IUSPORT

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