[swf object]La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado los recursos presentados por el Consejo Superior de Deportes (CSD) y la exgimnasta Gloria Viseras contra el auto del Juzgado de Instrucción número 11 de Madrid, que decretó el sobreseimiento de la causa sobre supuestos abusos sexuales por parte de exseleccionador nacional de gimnasia, Jesús Carballo, durante más de 30 años.

El CSD recurrió el sobreseimiento provisional dictado porque consideró que la investigación no  estaba agotada.

El auto, del que se hizo eco el programa Al primer toque de Onda Cero, fundamenta la decisión en que los hechos han prescrito y no se han encontrado indicios de delitos posteriores: “Debe rechazarse la continuación de la investigación en sede judicial, por no existir indicio alguno de conducta delictiva no prescrita del denunciado”. En el auto se indica que la investigación policial tomó declaración a seis gimnastas que entrenaron a las órdenes de Carballo entre 1998 y 2012 y que “ninguna de ellas ha manifestado haber sufrido, visto o conocido, por parte del denunciado, acto de índole sexual alguno”.

Según recoge el diario El País, la investigación policial consideró en su momento totalmente veraces los hechos denunciados, que se remontan a finales de los años 70, cuando la gimnasta Viseras era menor de edad y formaba parte del grupo que entrenaba Carballo y del equipo nacional. Otra gimnasta del equipo declaró ante la policía que fue testigo presencial de esos abusos y que ella misma logró atajar un intento de acercamiento sexual. Unos días después de hacerse pública la denuncia una  tercera gimnasta, de finales de los 80, aseguró haber vivido episodios de naturaleza sexual con Carballo cuando era menor, aunque no presentó una denuncia formal.
La denuncia se presentó ante la policía el 17 de diciembre y a Carballo se le notificó por el CSD la  prohibición de acceder al Centro de Alto Rendimiento de Madrid, donde se entrena el equipo nacional, el 28 de enero, como consecuencia de que se le inhabilitaba de forma cautelar.

Este tipo de delitos prescriben transcurridos 20 años desde que la víctima cumple la mayoría de edad.  En el caso de Viseras, recoge el auto, han pasado entre 30 y 37 años. Contra esta resolución judicial no cabe recurso.

En el entorno del CSD se teme, no obstante, que el desenlace de la causa penal influya en el  procedimiento laboral aún pendiente a raíz de la demanda por despido improcedente que presentó el exseleccionador contra la Federación Española de Gimnasia, que -casualmente- preside su hijo Jesús Carballo.

El exseleccionador tenía contrato con la Federación Española de Gimnasia y cuando el Consejo Superior de Deportes decidió prohibirle el acceso a sus instalaciones pidió -al parecer- su baja voluntaria del cargo por no poder llevar a cabo su labor, según argumentó en el escrito en el que pedía que se levantaran las medidas y que el Consejo rechazó. Carballo demandó después a la federación por despido improcedente.

Lo que sí es indudable es que la inhabilitación cautelar que pesaba sobre el seleccionador ha dejado de surtir efecto, pues estaba condicionada al desenlace de la causa penal.

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NOTA.- Vídeo publicado el 25/05/2013. Entrevista a Jesús Carballo en Onda Cero: ‘Niego rotundamente haber abusado sexualmente de Gloria Viseras. Lo juro ante Dios y la Biblia’ (24/05/2013).
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Por IUSPORT

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