[Img #5671]Aunque no se ha confirmado expresamente por el juzgado, el texto de la providencia firmada por el juez de lo Mercantil nº 7 de Madrid este martes, convocando a la Liga de Fútbol Profesional y al Real Murcia a una audiencia el próximo jueves 21 de agosto a las 11:00 horas, da a entender que  ese mismo día, o a lo sumo el día siguiente, el juez dictará el auto que decidirá si mantiene o alza la medida cautelarísima concedida al Murcia por auto del mismo juzgado de fecha 12 de agosto.

La providencia, que publicamos íntegramente en Iusport, advierte de la necesidad urgente de celebrar la audiencia el jueves 21 debido «a que el inicio de la Liga está previsto para el día 23 de agosto»

No tiene sentido que celebre la audiencia en esta semana si no es porque va a resolver de forma inmediata, de manera que su decisión pueda ejecutarse en la primera jornada a celebrar este mismo fin de semana.

Lo previsible es pues que el juez, tras escuchar a las partes, resuelva con inmediatez, de manera que el asunto quede cerrado, al menos en cuanto a la primera instancia, antes de que comience la competición.

La estrategia de la Liga se basa en dos pilares fundamentales:

1.- La incompetencia del juez de lo mercantil para revisar los acuerdos sobre no inscripción del Murcia en Segunda A, y sobre las sanciones económica, de no poder fichar y, sobre todo, la de descenso a Segunda B.

Desde la LFP se hará especial hincapié en los acuerdos sancionatorios, respecto de los cuales existen las mayores dudas de la competencia del juzgado de lo mercantil.

2.- En defecto de lo anterior, la LFP reiterará al juez que acepte la caución sustitutoria de cuatro millones de euros y alce la medida cautelar.

 

Es altamente improbable que el juez de lo mercantil se desdiga y declare ahora que carece de competencia, pero no debe descartarse que acepte la caución sustitutoria ofrecida por la patronal.

En todo caso, la LFP espera que, en vía de recurso, el tribunal superior declare la incompetencia de la jurisdicción mercantil, al menos en lo concerniente a las sanciones impuestas, entre las que destaca la de descenso administrativo acordada por el Juez de Disciplina de la LFP.

Por su parte, el Real Murcia alegará que no han cambiado las circunstancias que dieron lugar al auto de 12 de agosto, por lo cual debe ratificarse en todos sus términos. En cuanto al tema competencial, alegará que los acuerdos sancionatorios sí pueden ser revisados por este juzgado, por cuanto tienen carácter instrumental respecto a la decisión de fondo que, según el Murcia, es la de privarle de competir como empresa en condiciones de igualdad.

Y en cuanto a la caución sustitutoria, alegará el Murcia que dicha fianza, al no ser dinero líquido, sino un depósito judicial, no impide que el club se vea abocado a la disolución por la enorme bajada de ingresos que sufriría en Segunda B, por lo que no tendrá efectividad ninguna cobrarla cuando el club ya esté disuelto.

Finalmente, de este incidente procesal se extraen las siguientes conclusiones:

1.- Que la propuesta de la LFP de aplazar el inicio del campeonato era acertada, pues habría dado más margen de maniobra al juzgado para resolver.

2.- Que la RFEF se equivocó al denegar dicho aplazamiento.

 

3.- Que, en caso de levantarse la cautelar,  la Liga habría obtenido un balón de oxígeno tanto en la vía deportiva como en la penal. En la deportiva, pues, su acuerdo de no readmitir al Murcia habría sido convalidado. Y la vía penal sería archivada.

 

Sin embargo, un auto que confirme la medida cautelarísima corroboraría que la Liga se equivocó al mantener al Mirandés en Segunda A, en detrimento del Murcia. 

 

Además, si se confirma en primera instancia la medida cautelar, es probable que avance la denuncia presentada por el Murcia por un presunto delito de desobediencia por no ejecutar la Liga el auto que acordó la cautelarísima, agravado por no ejecutar este otro auto que la habría mantenido.

 

Y qué pasa con el Mirandés?

 

Este es el eslabon débil en todo este proceso. A nuestro juicio, debio ser oído y comparecer en la vista del jueves, como tercero afectado pro la decisión que se adopte.

 

VER PROVIDENCIA

 

 

Por IUSPORT

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