El Juzgado de lo Mercantil Número 7 de Madrid ha accedido a las medidas cautelarísimas solicitadas por el Real Murcia y obliga a la Liga de Fútbol Profesional (LFP) a inscribir al club en Segunda División A.
El Auto acuerda en su parte dispositiva lo siguiente:
«PRIMERO.- Se acuerda suspender e1 acuerdo adoptado por Ia LNFP de 1 de agosto de 2014 ratificado por la Comisión Delegada de la propia LNFP de 7 de agosto de 2014 por el que se niega al REAL MURCIA CF SAD la inscripción y afiliación a dicha Liga Naciona1 con efectos de la temporada deportiva 2014/2015, que le impide competir en el Campeonato Nacional de Liga de Segunda División A.
SEGUNDO.- Se acuerda, como consecuencia de lo anterior, ordenar 1a inmediata inscripción y afiliación del REAL MURCIA CF SAD en la Liga Nacional de Futbol Profesional en la temporada deportiva 2014/2015.
TERCERO.- Se acuerda suspender la resolución del Juez de Disciplina Social de la Liga Nacional Profesional de 7 de agosto de 2014 por la cual se impone al REAL MURCIA CF SAD el descenso de categoría y una multa como sanción accesoria al descenso.
Todo lo anterior, previa caución que deberá prestar el solicitante en la cantidad que prudencialmente se fija en 2.000 euros, en cualquiera de las formas previstas en el art . 529.3 de la L.E.C».
La Liga niega haber recibido el Auto
En relación con las informaciones publicadas en diversos medios de comunicación acerca de la eventual inscripción del Real Murcia CF, SAD en la LFP, la LFP hizo público el siguiente comunicado en torno a las 14:00 de este miércoles:
«1º La LFP se encuentra imposibilitada jurídicamente, para proceder a inscribir al Real Murcia en esta Asociación deportiva. En este sentido, con fecha 7 de agosto del 2014, el Juez de Disciplina Social de esta Liga Nacional dictó una resolución en la que, entre otras sanciones, impuso al Real Murcia el descenso de categoría al ser reincidente en la comisión de infracciones muy graves a los Estatutos Sociales. Dichas infracciones son referidas al mantenimiento de deudas con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria por importe superior a 12 millones de euros.
2º A día de hoy, la mencionada resolución es ejecutiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 89 de los Estatutos Sociales de la LFP y ha sido refrendada, además, por la resolución del Tribunal Administrativo del Deporte, el pasado 8 de agosto.
3º Esta Liga Nacional no ha recibido ninguna notificación oficial de órgano jurisdiccional alguno al objeto de proceder a su inscripción en la competición. Sin perjuicio de todo ello, el eventual proceso judicial promovido en su caso por el Real Murcia CF, SAD es independiente del procedimiento disciplinario según el cual se ha descendido a dicha entidad.
Por todo ello a la fecha actual esta Liga Nacional reitera que en ningún caso el Real Murcia CF, SAD podrá ser inscrito en la presente temporada deportiva».