[Img #5095]El 64º Congreso de la FIFA celebrado esta semana en Sao Paulo aprobó varias enmiendas a los Estatutos de la FIFA y al Reglamento de Aplicación de los Estatutos de la FIFA, necesarias para la implantación del nuevo Reglamento sobre relaciones con los intermediarios, que reemplazará el actual Reglamento sobre Agentes de Jugadores.

El nuevo reglamento, que expone un planteamiento basado en el concepto de intermediarios, fue aprobado por el Comité Ejecutivo de la FIFA en su reunión del 21 de marzo de 2014 y está previsto que entre en vigor el 1 de abril de 2015, a fin de que las 209 asociaciones miembro de la FIFA dispongan de tiempo suficiente para adoptar el nuevo régimen.

La reforma a fondo del régimen de agentes de jugadores se decidió en el 59º Congreso de la FIFA de 2009 con el fin de abordar ciertas deficiencias que se habían detectado en el sistema de licencias. A raíz de esta decisión, comenzó un largo y profundo proceso de consulta con los integrantes de la comunidad internacional del fútbol, como son las asociaciones miembro, las confederaciones, los clubes, la FIFPro y las ligas profesionales.

En grupos de trabajo y en las comisiones de la FIFA competentes, se debatieron y evaluaron las posibles opciones conforme a las necesidades actuales que plantean las relaciones entre futbolistas y clubes y con el fin de alcanzar un alto grado de aceptación entre las principales partes involucradas.

 

En el comunicado emitido por la FIFA se quiere «hacer hincapié en que la finalidad de la revisión a fondo no fue nunca eliminar el régimen de las actividades de agentes de jugadores, sino más bien proponer un nuevo sistema transparente y sencillo para administrar la profesión, logrando así su cumplimiento en el ámbito nacional».

El nuevo reglamento ha dejado de regular el acceso a la profesión y ofrece un marco global que permite un mejor control de ella a través de estándares y requisitos mínimos, así como mediante un sistema de registro de los intermediarios que representan a clubes o jugadores en las negociaciones de contratos y traspasos (véanse los pormenores a continuación).

 

SÍNTESIS DEL NUEVO REGLAMENTO DE INTERMEDIARIOS

 

Ámbito de aplicación

 

El ámbito de aplicación del reglamento comprende los servicios que prestan los intermediarios a futbolistas y clubes encaminados a firmar contratos laborales o traspasos entre dos clubes.

 

Principios generales

Los futbolistas y los clubes deberán actuar con la debida diligencia al seleccionar a los intermediarios. Este principio se cumple si el intermediario firma tanto la declaración de intermediario que contiene el reglamento como el contrato de representación.

Sistema de registro

Para lograr la transparencia, las asociaciones miembro pondrán en marcha un sistema de registro de intermediarios en el que estos deberán inscribirse cada vez que participen en una transacción. Uno de los requisitos de registro es que los intermediarios cumplimenten la declaración de intermediario (v. anexos del reglamento), que luego deberá facilitarse a la asociación miembro correspondiente.

Esta declaración constituye un elemento fundamental del nuevo reglamento, ya que, al firmarla, el intermediario confirma la observancia de los estatutos y reglamentos de la FIFA en vigor y la de aquellos de las confederaciones y asociaciones miembro donde desempeñe su labor; confirma asimismo que su reputación es impecable, y el respeto a las condiciones relativas a la divulgación de información, etc.

Además, el contrato de representación pactado entre el intermediario y su cliente debe depositarse en la asociación en la que está registrado el intermediario. El mismo principio rige la renegociación de un contrato de trabajo.

Contrato de representación

Los clubes y los futbolistas deberán incluir en los contratos de representación determinada información, como el alcance de los servicios, la naturaleza jurídica de la relación contractual que mantendrán con los intermediarios (p. ej. servicios de colocación o asesoramiento), los datos fundamentales (p. ej. nombres de las partes, duración de la relación contractual, cuantía de la remuneración, condiciones generales de pago, firma de las partes, etc.).

Comunicación y publicación

 

Se solicitará a los jugadores y a los clubes que faciliten a sus asociaciones todos los datos de remuneraciones acordadas que se pagarán a intermediarios. Asimismo, para lograr la transparencia, las asociaciones deberán crear un sistema de libre acceso en el que se publicarán anualmente los nombres de los intermediarios que hayan registrado, cada una de las transacciones en las que han participado y la cantidad total de las remuneraciones que sus futbolistas registrados y clubes afiliados hayan efectuado a los intermediarios. Los datos que se publicarán serán el total de las cifras consolidadas de todos los jugadores y clubes.

Pagos a intermediarios

 

El reglamento tiene por objeto tratar de alcanzar una racionalización general de las remuneraciones que se pagan a los intermediarios fijando, a modo de recomendación, el límite del 3 % del ingreso bruto base del jugador o del pago por transferencia. Además, prohíbe todo pago a intermediarios cuando el jugador es menor de edad.

Conflictos de intereses

 

Los jugadores y los clubes deberán asegurarse de que no existen conflictos de intereses. No habrá conflicto si el intermediario revela por escrito cualquier conflicto de intereses y obtiene el consentimiento por escrito de las otras partes implicadas antes de iniciar las negociaciones.

 

Sanciones

Las asociaciones miembro asumen la responsabilidad de imponer sanciones a las partes. Las asociaciones miembro se obligan a publicar las sanciones disciplinarias adoptadas contra intermediarios y a notificarlas a la FIFA a fin de que la Comisión Disciplinaria de la FIFA pueda decidir si las sanciones se ampliarán al ámbito mundial de acuerdo con el Código Disciplinario de la FIFA.

Cumplimiento de las obligaciones de las asociaciones

 

La FIFA supervisará la implantación correcta de las normas y requisitos mínimos en el ámbito de las asociaciones miembro y la Comisión Disciplinaria de la FIFA será competente para tratar los casos que se presenten.

 

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Por IUSPORT

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