Real Decreto
1462/2009, de 18 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 641/2009,
de 17 de abril, por el que se regulan los procesos de control de dopaje y los
laboratorios de análisis autorizados, y por el que se establecen medidas
complementarias de prevención del dopaje y de protección de la salud en el
deporte.

 

El Consejo de
Ministros aprobó hoy (18.09.09) un Real Decreto por el que se modifica
parcialmente el Real Decreto 641/2009 que regula los procesos de control de
dopaje y establece medidas complementarias de prevención y de protección de la
salud de los deportistas.

Con
vista a Madrid 2016

 
Según informó el
Consejo Superior de Deportes (CSD), la modificación tiene como objeto «reforzar»
la candidatura de Madrid 2016, además de «despejar cualquier duda sobre la
adecuación del RD 641/2009 al Código Mundial Antidopaje y solventar con carácter
definitivo la salvedad de la Comisión de Evaluación del COI en torno al total
cumplimiento del Código por las autoridades deportivas y antidopaje
españolas».

 
Controles
antidopaje

 
El nuevo texto, por
iniciativa del CSD y a propuesta del Ministerio de la Presidencia, «matiza la
franja horaria para realizar los controles fuera de competición», que no podrán
hacerse entre las once de la noche y las seis de la mañana, y «aclara las causas
excepcionales que justifican los controles nocturnos».

 
En la redacción
inicial el Real Decreto 641/2009, de 17 de abril, establecía que los controles
fuera de competición no podían «iniciarse ni realizarse durante una franja
horaria comprendida entre las 11 de la noche y las ocho de la
mañana».

 
La modificación
también concreta la definición de «control en competición», que abarca desde 12
horas antes de la participación del deportista hasta la finalización de la misma
y el proceso de recogida de muestras relacionado con ella.

 
Con esta iniciativa
«el Gobierno quiere reforzar la candidatura de Madrid 2016» y muestra «una vez
más su firme y decidido apoyo a Madrid para organizar los Juegos de
2016».

 
Para el CSD «esta
reforma garantiza la plena adecuación del RD 641/2009 al Código Mundial
Antidopaje y a la normativa internacional que lo desarrolla», por lo que «la
delegación española acudirá el 2 de octubre a Copenhague para defender la
candidatura de Madrid con el aval de los órganos internacionales en materia de
lucha contra el dopaje, una vez aclarados los aspectos señalados en su día por
la Comisión de Evaluación del COI».

 
Dicha Comisión
expresó en el informe que hizo público el 2 de septiembre sobre las cuatros
ciudades candidatas a los Juegos que durante su visita a Madrid en mayo no pudo
determinar si la legislación antidopaje española aprobada en abril está en total
conformidad con el Código de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) y advirtió que
era «importante que ese punto sea aclarado».

FUENTE: LFP


TEXTO
DEL REAL DECRETO PUBLICADO EN EL BOE

Por IUSPORT

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