El BOE de este sábado pública el Real Decreto 461/2015, de 5 de junio, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte.
El RD suprime las siguientes unidades de la Agencia Estatal Antidopaje:
a) Departamento de Investigación, Desarrollo e Innovación en Protección de la Salud y Dopaje.
b) Departamento de Prevención y Control del Dopaje.
c) Departamento de Gerencia.
d) Unidad de Apoyo a la Dirección.
El Consejo Rector de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte deberá aprobar y remitir, para su efectiva aprobación, a los Departamentos competentes, en el plazo de tres meses desde su constitución, la primera propuesta de Contrato de Gestión a que se refiere el artículo 14 de la Ley 28/2006, de 18 de julio.
Hasta tanto se apruebe el contrato de gestión, la actuación de la Agencia, incluida la ordenación de puestos de trabajo y la aprobación de su presupuesto, se desarrollará con arreglo a la memoria aprobada, a la que se refiere el artículo 3 de la Ley 28/2006, de 18 de julio, que contendrá el Plan Inicial de Actuación.
Se deroga el Real Decreto 185/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Antidopaje.
TEXTO ÍNTEGRO DEL REAL DECRETO