Era Mayo de 2006 cuando conocimos lo que era la ‘Operación Puerto’, numerosas bolsas de sangre de (aparentemente) todos ciclistas fueron encontradas en la casa de Eufemiano Fuentes. Cinco ciclistas pudieron ser identificados a partir de las bolsas localizadas: Jan Ullrich, Ivan Basso, Michele Scarponi, Jorg Jacksche y Alejandro Valcerde.
La Sentencia en primera instancia se dictó el 30 de abril de 2013.Y 211 bolsas permanecen en congeladores de un laboratorio para ser reconocidas e identificadas mediante el ADN.
La sentencia de primera instancia fue recurrida con el objetivo de que esas bolsas no fueras destruidas, como así establecía la misma. Ahora, en 2015, la causa recurrida sigue esperando debida a la acumulación de casos que la Audiencia Provincial de Madrid tiene en cola. El tiempo pasa y con ello el plazo de prescripción de estos delitos se va acabando, tanto que ya lo ha hecho de forma efectiva. Por un lado nuestra legislación en el momento de enjuiciamiento del hecho delictivo para delitos de dopaje marcaba un plazo de prescripción de tres años y por otro el Código Mundial Antidopaje, un total de ocho. Podemos observar que ambos plazos se han sobrepasado, el primero en mayo de 2009 y el segundo en mayo de 2014.
El nuevo Código Mundial Antidopaje fija ahora como límite (después de su reforma) un plazo de prescripción de 10 años. Pero la posibilidad de aplicar este nuevo precepto de forma retroactiva no parece la solución, debido al principio de irretroactividad de las normas sancionadoras que nuestra Constitución reconoce en su artículo 9.3.
Debido al archivo de estos expedientes, no se suspendió el plazo de prescripción y continuó contando hasta que llegó a su fin. Por lo que podemos afirmar que la acumulación de procesos en el sistema español ha tirado al traste uno de los casos de dopaje más polémicos de su historia.