En los fundamentos jurídicos esgrimidos en su reciente resolución, el Comité de  Competición argumenta que el principio de territorialidad es determinante para cubrir las  vacantes que se produzcan en las respectivas categorías. Y ello ha de ser así, porque de  otro modo se producirían graves problemas competicionales, ya que en el caso de no subir  el Ibarra y agregarse el San Andrés y Sauces, la Territorial Preferente de Santa Cruz de  Tenerife, tendría un equipo más y la de Las Palmas un equipo menos, lo que conllevaría  bien el descanso de un equipo cada jornada, o bien cualquier otra solución que resultara  procedente.

En otro de los puntos de su resolución, el Comité de Competición de la Federación Canaria  expone que en la temporada 2011-12 ya se planteó el mismo supuesto por la renuncia del  Teror, y se acordó por el consenso de ambas territoriales que la plaza fuera ocupada por  la UD Telde, en perjuicio de la UD Orotava, que reclamaba la plaza al haber obtenido mejor  puntuación y clasificación.

Contra este acuerdo se puede presentar recurso ante el Comité de Apelación de la  Federación Canaria.

Un caso de largo recorrido

El expediente del Acodetti CF se inicia el 23 de agosto de 2012, tras conocerse la  decisión de la secretaria de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) de cubrir la  vacante originada en Tercera División con la UD Ibarra, a la vista de la renuncia a  participar del San Andrés y Sauces, y en esa misma fecha el Comité de Competición de la  Federación Canaria se declara no competente para conocer la denuncia.

Siete días después, el 27 de agosto de 2012, el club recurre al Comité de Apelación,  organismo que se declara nuevamente incompetente en su decisión del día 30.

El acuerdo del Comité de Competición es recurrido por el Acodetti ante el Comité Canario  de Disciplina Deportiva, quien por resolución del 26 de julio de 2013 resuelve estimar el  recurso presentado, y en consecuencia establece la obligación de la Federación Canaria de  Fútbol (FCF), a través de su Comité de Competición y Disciplina, de resolver la cuestión  planteada.

Por IUSPORT

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