El presidente del consejo de administración del Valencia, Amadeo Salvo, y el presidente de la Fundación Valencia CF, Aurelio Martínez, expusieron este miércoles ante los medios la delicada situación económica de la entidad. El presidente del club reconoció que actualmente hay una deuda neta de 275.7 millones de euros.
A pesar del tono sereno empleado en la comparecencia, lo cierto es que la auditoría (Due diligence) efectuada por KPMG al club contiene conclusiones tan duras como que la Fundación Valencia CF no puede hacer frente al pago a Bankia del próximo 31 de agosto. La cantidad máxima que podría destinar a tal fin es 1,5 millones de euros, de los 4,8 que tiene que pagar por el préstamo.
Por mucho que los dirigentes del Valencia lo nieguen, en el entorno valencianista existe el temor de que Bankia pueda vender el club (a un magnate?) si la Fundación -propietaria del paquete accionarial mayoritario del club que fue puesto como aval- no paga el préstamo.
Por ahora, Bankia no ha hecho mención pública a esta posibilidad, pero fuentes cercanas a sus dirigentes indican que están dispuestos “a todo” ante los impagos que se avecinan. Por el momento, la entidad bancaria nacionalizada por la puerta de atrás, pretende que sea la Generalitat valenciana, a través del Instituto Valenciano de Finanzas (IVF), la que se haga responsable de la deuda. Pero va a ser que no. El conseller de Economía de la Generalitat valenciana, Máximo Buch, declaró en una comparecencia reciente en el Parlamento valenciano que desde esta Institución no darán «ni un duro más» al Valencia CF «salvo que sea por mandato y por imperativo».
En este contexto, Bankia ha abierto dos frentes de combate: uno, recurrir la resolución judicial que ordenó la ejecución provisional de la sentencia que anula el aval de la Generalitat Valenciana a la Fundació VCF. Y dos, amagar con la venta del club.
En su recurso, la entidad bancaria esgrime su «falta de emplazamiento» en la causa. «El acto de ejecución de una sentencia dictada inaudita parte con infracción del deber de emplazamiento personal», «supondría una nueva infracción constitucional y una nueva vulneración del derecho fundamental», por lo que con la ejecución se incurriría otra vez «en este vicio». Así, reclama que el juzgado interprete las normas procesales para evitar «la consolidación y reiteración de la lesión de derechos constitucionales». Bankia argumenta también que no se ha alegado por los dos socios del Valencia recurrentes un interés imperioso, o derechos que pudieran verse definitivamente perjudicados, que exigieran la inmediata ejecución de la sentencia, y, sin embargo, «pudiendo producir ésta graves perjuicios (a Bankia)», lo lógico era mantener el aval en vigor, «denegando necesariamente la ejecución provisional solicitada».
El banco se declara beneficiario de un derecho de garantía, el aval otorgado por el IVF, y argumenta que la ejecución provisional de la sentencia acabará provocando «situaciones irreversibles», que la hacen «inviable» y un contrato civil – el préstamo concedido en su día por Bancaja-Bankia y avalado por el IVF-, «que no se cumple».
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