En nuevo un escrito presentado en el Juzgado Central de Instrucción n. 5 de Madrid, el querellante en el caso Rosell amplía la querella a la vista de los nuevos hechos de los que se ha tenido conocimiento con posterioridad a la fecha de su presentación.
Para el querellante, el club se contradice acerca de que se pagaron 9 millones por dos partidos amistosos con el Santos y otros 7’9 millones por derechos de tanteo sobre tres juveniles del Santos.
Afirma el querellante que al Santos se le pagan por derechos federativos 34 millones (17’1, 9, y 7’9), independientemente de que se le diese cobertura en tres contratos por separado para evitar – presuntamente, pues está pendiente de otro litigio- tener que repartir con el club brasileño el porcentaje que en teoría le pertenecía. Recuerda que los derechos pertenecían al Santos en un 55%; a DIS en un 40% y a TEYSA en un 5%.
Por otro lado, mientras en el contrato laboral con el jugador celebrado en 2011 se le garantizaron algo más de 36 millones de euros, en el contrato de 2013 pasan a ser casi 46 millones.
En cuanto a los derechos de imagen a favor del jugador, estos pasaron de 6 millones en el contrato de 2011, a algo más de 8 millones en el contrato de 2013.
Al igual que ocurrió con el contrato de imagen, en el contrato de trabajo fechado en 2013 se añade un nuevo pago de 8,5 millones de euros, que no existía en el contrato del año 2011.
De escandalosa califica el querellante la cláusula del denominado contrato de agencia en la que se
pacta que “esta contraprestación tiene condición de FIJA y, por tanto, no está sujeta al éxito de las gestiones a realizar por N&N».
Volviendo sobre los 40 millones no aclarados, el querellante no entiende que se pague una indemnización sin que previamente se haya irrogado un perjuicio.
En definitiva, el querellante sostiene que se ha ocultado información relevante a los socios y reitera la petición de que se admita a trámite la querella con una matización. Y avanza que quizá pudiese haberse cometido algún delito contra la Hacienda Pública.
Finalmente, el querellante reitera que no desea perjudicar al FC Barcelona, dejando patente que no ejercita acción legal de clase alguna contra la entidad, y afirmando que la responsabilidad la deben asumir las personas físicas que intervinieron, concretamente Sandro Rosell y los directivos Bartomeu y Faus y aquellos otros que durante la instrucción del procedimiento se probase su participación.
De lo expuesto cabe resumir que la ampliación va en un doble camino: en cuanto a las personas físicas, incluyendo también a los otros directivos del club que intervinieron en los contratos, y a los tipos delictivos presuntamente cometidos, en concreto un delito contra la Hacienda Pública.
Vertiente fiscal
Precisamente, en un comentario que publicamos en IUSPORT el pasado 21 de diciembre de 2013, decíamos que «sin embargo, hay otros 40 millones abonados a la sociedad Neymar & Neymar, sociedad propiedad del futbolista y su padre. El problema surge desde el momento en que podría considerarse que bajo el pago a esa sociedad se escondería una parte de salario al jugador, de forma anticipada. En tal caso se estaría burlando el IRPF correspondiente.
Para el club blaugrana en ningún caso habría que pagar IRPF por dos motivos. En primer lugar, porque el pago de esta cantidad está hecha a una sociedad y no a una persona física. Y, además, porque en el momento en el que se hace el contrato, Neymar era un futbolista que jugaba en el extranjero y no en España. Para el Barça todo está claro».
Y como decíamos entonces: «Este asunto no se va a quedar aquí, seguro».
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