[Img #11831]El juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia ha requerido a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) para que no impida participar al Fútbol Club Cartagena en la Liga de Segunda División B por el hecho de no haber presentado el aval solicitiado para ello, tal y como ha informado hoy el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU).

 

El auto judicial hecho público concluye que ni el juez del concurso de acreedores en el que se encuentra inmerso el club ni la administración concursal «podrían autorizar el cumplimiento de las concretas obligaciones federativas».

 

Dicho auto estima parcialmente la solicitud formulada por la entidad deportiva y requiere a la RFEFpara que se abstenga de aplicar al club consecuencia alguna desfavorable por la no presentación de aval o consignación a que se refiere el artículo 105 del Reglamento de la propia Federación.

 

En concreto se hace alusión a una suma de 200.000 euros que, en su caso, se destinaría a pagar, por cuenta del club, la eventuales deudas con sus futbolistas y técnicos, algo que se hizo en el día de ayer.

 

En el mismo sentido, el referido juzgado ordena requerir a la RFEF para que deje sin efecto el acuerdo adoptado por su secretario general el 30 diciembre de 2014 y se abstenga de aplicar consecuencia desfavorable alguna al Futbol Club Cartagena por el impago de la deuda de 108.905 euros que mantiene con dos futbolistas por ejercicios anteriores.

 

El TSJMU apunta que se han dado resoluciones judiciales que han interpretado la normativa en asuntos iguales o similares al del Cartagena como en los casos del Orihuela, el Betis, el Jaén, el Salamanca, el Polideportivo Ejido, el Puertollano y el Rayo Vallecano.

 

TEXTO ÍNTEGRO DEL AUTO (ENLACE EXTERNO)

Por IUSPORT

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