El juez de Instrucción aprecia indicios de presuntos delitos de desórdenes públicos y de lesiones con instrumento peligroso, y de una falta de injurias, por parte de tres aficionados tras la instrucción de la causa por el asalto al palco del Racing, que se produjo en un partido de Copa ante el Almería.
Una vez concluida la instrucción, el magistrado acuerda continuar la tramitación de las diligencias y que se dé traslado a la Fiscalía y al resto de partes, para que soliciten la apertura de juicio oral o el sobreseimiento.
Así se recoge en un auto del Juzgado de Instrucción número 4 de Santander, que pone fin a la instrucción para determinar la naturaleza y las circunstancias de los hechos sucedidos el 8 de enero de 2014, en el partido de Copa entre el Racing de Santander y el Almería.
El auto, al que ha tenido acceso Efe y contra el que cabe recurso, refiere la conducta de un grupo de personas, entre las que se encontraban esos tres aficionados en los que se aprecian indicios delictivos.
Estas personas, según el juez, actuaron «previamente convocadas a través de las redes sociales» y «con intención de perturbar gravemente el orden».
El juez explica que sobre el minuto 15 del segundo tiempo los tres aficionados protagonizaron diversos incidentes, «en unión de otras personas «que no han podido ser identificadas».
De acuerdo con el auto, uno de esos aficionados invadió la zona del palco, tras saltar la valla de separación entre las gradas norte y oeste, y lanzó una silla de color azul que impactó en un vigilante de seguridad.
Ese vigilante tuvo lesiones por las que necesitó tratamiento médico, con un traumatismo craneal con herida en el cuero cabelludo, un esguince en un dedo de una mano, y dolores y roturas de pequeñas esquirlas en piezas dentales.
Hubo otro aficionado que también invadió la zona del palco y que, según el auto, «hizo ademán de agredir a alguna de las autoridades que allí se encontraban», pero no consta que nadie resultara lesionado.
El juez destaca que en este incidente intervinieron «personas desconocidas» que no han podido ser identificadas, y señala que una de ellas agredió al entonces presidente del club, Ángel Lavín, con una patada en la cabeza.
Pero agrega que esa persona no ha podido ser identificada, porque llevaba una braga y capucha.
Explica que en la invasión también intervinieron personas que entraron en el palco por la zona de prensa, a las que tampoco se ha podido identificar y que «arrojaron ceniceros, diversas sillas, y la TV» que se encontraba en esa zona.
Además, a un tercer aficionado se le atribuyen insultos al entonces presidente del Racing.
El juez considera que los hechos podrían ser constitutivos de un presunto delito lesiones con instrumento peligroso y de otro desórdenes públicos en el caso del primer aficionado, mientras que al segundo se le achaca un supuesto delito de desórdenes públicos y al tercero una falta de injurias.
El magistrado concluye que hay «indicios racionales de criminalidad» contra estas personas, tras ver las imágenes de seguridad y estudiar el informe fisionómico realizado por la Policía Científica a petición del Juzgado.
En el auto se precisa que ese informe «certifica inequívocamente» que dos de los aficionados a los que se achacan estas conductas fueron los autores de esos hechos.
Se explica que se observa «perfectamente» a uno de los aficionados «lanzando la silla» que impactó en el vigilante y a otro «invadiendo el palco y acometiendo a las personas que allí se encontraban».
Respecto al tercer aficionado, el auto recoge que fue el expresidente del Racing quien le denunció por unos insultos e incide en que, de acuerdo con el Código Penal, esos hechos constituirían una falta de injurias cuya comisión real deberá determinarse en el plenario.
El juez sobresee las actuaciones respecto a otros dos aficionados porque entiende que no se ha justificado su participación en lo sucedido.
También acuerda el sobreseimiento provisional, por falta de autor conocido, de las actuaciones practicadas por los mensajes que se colgaron en un foro «en donde se anunciaba la invasión de la tribuna central del estadio» y «agresiones al anterior consejo de administración».
Y ello «pese a las múltiples diligencias acordadas por este Juzgado», lamenta el magistrado, que también acuerda el sobreseimiento respecto a las lesiones de Lavín y a los daños en el estadio «pues no consta la identidad de los autores» y han prescrito.
Con todo precisa, que esas infracciones se habían tipificado como faltas, porque Lavín «no requirió más de una primera asistencia facultativa» y los daños del estadio no han podido ser peritados en más de 400 euros