[Img #6181]El instructor del expediente abierto por el Comité de Competición a Zinadine Zidane por ejercer de primer entrenador sin título suficiente para ello, el jurista Alberto Pérez Calderón, ha formulado Propuesta de Resolución en la que contempla una sanción de suspensión, no de inhabilitación, como erróneamente se ha divulgado, por un periodo de tres meses.

El pasado 28 de agosto nos hicimos eco en Iusport de la denuncia presentada contra Zidane por ejercer de primer entrenador del Castilla sin estar en posesión de la titulación adecuada. Miguel Galán, en su propio nombre -en tanto que entrenador-,  y como director de Cenafe Escuelas, interpuso ante el Juez Único de Competición “Segunda B” de la RFEF denuncia contra ZINEDINE ZIDANE por ejercer como entrenador del Castilla sin poseer título adecuado para ello.

Finalmente, el Comité de Competición decidió incoar expediente extraordinario, del que se esperaba una sanción dura, a la vista de lo previsto en el artículo 104 el Código Disciplinario de la RFEF, que contempla sanciones de suspensión de uno a seis meses.

Idéntica propuesta de sanción ha recaído sobre SANTIAGO SÁNCHEZ MARTÍN, a quien se le imputa la comisión de la infracción del artículo 104.1 letra a), que el «prestar o ceder el título, o permitir que persona distinta ejerza funciones de entrenador; y desarrollar las mismas, dentro del club al que se prestan servicios, con mayor responsabilidad o superior categoría de las pactadas».

En otro orden, no ha trascendido si el instructor acepta la legitimación activa del denunciante Miguel Galán, bien como entrenador o bien como presidente de la escuela de formación, esto último bastante improbable.

Recuérdese que existe una denuncia paralela formulada por el Comité de Entrenadores de la RFEF, por lo que es probable que sea ésta la que esté sustanciándose.

Zidane en acción

El debut oficial de Zidane como entrenador se produjo el 24 de agosto de 2014 en el partido Club Atlético de Madrid SAD “B” – Real Madrid  Castilla. El acta oficial de dicho partido (publicado en la web de la Federación) reflejó que Zinedine Zidane actuó como  segundo entrenador, y que Santiago Sánchez lo hizo como primer entrenador.

Pero este reparto de funciones, decía el denunciante, «sólo existe sobre el papel. La realidad es justo la inversa: el Sr. Zidane  está ejerciendo como primer entrenador del Real Madrid Castilla, mientras que la labor de Sr. Sánchez se reduce  básicamente a lo que popularmente se denomina “poner el carné”, dicho sea con todos los respetos para el compañero de  profesión».

Se aportaron imágenes del partido referido anteriormente, así como de algunos entrenamientos del equipo. Con ellas el denunciante ha querido demostrar que Zidane ejerce funciones como primer entrenador, manteniendo relegado en un segundo plano a Sánchez.

El Real Madrid Castilla, equipo que compite en el Grupo II de la Segunda División B española, sólo puede ser entrenado por aquellos técnicos que posean la titulación prevista en el artículo 155.1 del Reglamento de RFEF para la temporada 2014/2015, esto es, el título de Técnico Deportivo de Grado Superior o el Diploma de entrenador Nacional Nivel 3, afirmaba el denunciante.

 

Por IUSPORT

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