[Img #7039]La Liga de Fútbol Profesional ha hecho público un comunicado en el que anuncia que enviará a la Comisión Antiviolencia varios informes para que, si así lo considera, sean remitidos al Comité de Competición.

«En virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1 c) y 2.2 d) de la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte (*), y con los datos recabados hasta ahora en los siguientes partidos, la Liga de Fútbol Profesional enviará a la Comisión Antiviolencia varios informes para que, si así lo considera, sean remitidos al Comité de Competición:

– Real Madrid CF- RC Celta de Vigo: Contra el jugador del FC Barcelona Lionel Messi («Messi subnormal») y contra el FC Barcelona y Cataluña («Puta Barça y Puta Cataluña»).

– RC Deportivo La Coruña – Málaga CF: Contra el Club Atlético de Madrid («Atleti mierda») y contra el presidente del RC Deportivo Constantino Fernández («Tino cabrón, sal de Riazor» y «Tino muérete»)

 
– Rayo Vallecano – Sevilla FC: Contra el Real Betis Balompié (“Mucho Betis, mucha mierda”)

– FC Barcelona – RCD Espanyol: Contra el RCD Espanyol («Puta Espanyol» y «Odio Espanyol»)

– Granada CF – Valencia CF : Contra el jugador del Valencia CF Álvaro Negredo («Negredo maricón»)

Cinco de los 21 partidos disputados en la jornada 14 Liga BBVA y jornada 16 de la Liga Adelante serán objeto de denuncia por parte de la Liga de Fútbol Profesional ante la Comisión Antiviolencia, hasta el momento.

(*)
1. Actos o conductas violentas o que incitan a la violencia en el deporte:

c) La entonación de cánticos que inciten a la violencia, al terrorismo o a la agresión en los recintos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte organizados para acudir a los mismos. Igualmente, aquéllos que constituyan un acto de manifiesto desprecio a las personas participantes en el espectáculo deportivo.

 

2. Actos racistas, xenófobos o intolerantes en el deporte:

d) La entonación, en los recintos deportivos con motivo de la celebración de actos deportivos, en sus aledaños o en los medios de transporte públicos en los que se puedan desplazar a los mismos, de cánticos, sonidos o consignas así como la exhibición de pancartas, banderas, símbolos u otras señales, que contengan mensajes vejatorios o intimidatorios, para cualquier persona por razón del origen racial, étnico, geográfico o social, por la religión, las convicciones, su discapacidad, edad, sexo u orientación sexual, así como los que inciten al odio entre personas y grupos o que atenten gravemente contra los derechos, libertades y valores proclamados en la Constitución.

http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-13408″

 

Por IUSPORT

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