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Habrá que estar muy pendiente de la reunión semanal prevista para mañana miércoles del Comité de Competición y donde deberán analizar todo lo sucedido en la pasada duodécima jornada del campeonato liguero. No tanto en el apartado de jugadores o entrenadores, donde no se esperan sanciones importantes tras lo sucedido este pasado fin de semana, sino en lo relativo a otros componentes del banquillo. En este caso nos referimos al preparador físico del Deportivo de la Coruña, Roberto Carlos Lasierra.

Porque el máximo responsable de la parcela física del equipo gallego podria ser castiagado duramente por el primer organo disciplinario de la Federación Española tras lo sucedido el pasado sabado en el choque ante la Real Sociedad. Estamos incluso hablando de un mes fuera del banquillo deportivista. Según recoge el colegiado Prieto Iglesias en el acta arbitral, el preparador del equipo deportivista fue expulsado por «protestar una de mis decisiones de forma airada y ostensible, saliendo de su área técnica. Una vez expulsado, continuó con dichas protestas, encarándose con el cuarto árbitro y posteriormente con integrantes del banquillo visitante, teniendo que ser separado por el delegado de campo para que depusiese su actitud».

Ahora falta saber que postura adopta el Comité de Competición ante la redacción del acta arbitral. Atendiendo a precedentes de esta misma temporada, la primera opción y más problable, pasa por acogerse al artículo 120 de protestas al arbitro y que establece un castigo mínimo de dos o tres partidos con sanción hasta de un mes. Sólo aplicándole el grado máximo de este artículo ya estaría perdiendose las próximas cuatro jornadas ligueras.

En esta misma línea sucedería si aplicarán el articulo 114 relativo a las expulsiones directas y donde, al tratarse del preparador físico, el punto dos de este mismo artículo fija el mes de sanción, salvo que lo sucedido fuera considerado por los tres miembros del Comité de Competición como una acción de mayor gravedad.
Ahora la duda está en saber como interpretan la acción posterior acción con el cuarto arbitro y también con los componente del banquillo de la Real Sociedad.

 

Si lo consideran como consencuencia de la expulsión o como una acción independiente. Si fuera el primer caso, que parece el más probable, lo solucionarían aplicándole el grado máximo del citado artículo 120 de protestas al árbitro.

 

En caso de considerarlo como acciones independientes, podrían incluso encuadrarlo como un acto de provocación que está recogido en el Codigo Disciplinario de la Federación con una sanción de dos a tres partidos. En ese caso, podría incluso suponerle cerca de seis partidos de sancion al preparador fisico deportivista, Roberto Carlos Cabellud.
 

Por IUSPORT

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