Arturo Zamarriego, magistrado juez del Juzgado de Instrucción número 2 de Madrid, ha sobreseído la querella interpuesta por la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de España contra Hipódromo de La Zarzuela, su presidenta, Faina Zurita y varios directivos.
Según informa hoy el Hipódromo de La Zarzuela, el juez no atendió la querella, interpuesta también contra los directivos Gerardo Torres y David Pasamontes, el presidente de la Asociación de Sociedades Organizadoras de Carreras de Caballos en España, Carlos Rodulfo, y el presidente de la Real Federación Hípica Española, Javier Revuelta, por los supuestos delitos de estafa, falsedad y coacciones, «al no ser los hechos denunciados constitutivos de delito».
En un auto con fecha del 3 de julio, se indica, respecto al delito de estafa, que los hipódromos actuaron con «la confianza legítima de que podían vender los derechos de explotación audiovisual de sus carreras, al contar con al expresa autorización de los titulares de los derechos individuales de imagen, que al aceptar participar en las carreras por ellos organizadas, aceptaban su concreto programa de carreras, con dicha cláusula de cesión».
Además, expone que «no queda claro cuáles son los derechos cuya titularidad se arroga la querellante», pues ésta «no supo explicar qué derechos eran los que se suponían habían sido objeto de la estafa».
Aclara que «los derechos de imagen» corresponden a jockeys y entrenadores, y que éstos son distintos de «los derechos de explotación audiovisual de las carreras», los cuales comercializan los hipódromos legítimamente.
Respecto al delito de falsedad, lo desestima al considerar en la sentencia que «no parece que pueda sostenerse que hipódromos como La Zarzuela o San Sebastián falsificaron nada», y añade que «tampoco resulta debidamente acreditada tal conducta, siendo así que los documentos aportados a la causa acreditan, precisamente, lo contrario».
Y sobre la acusación por coacciones, la rechaza reprochando a la parte querellante que no sepa explicar a qué coacciones se refiere, «ya que ni siquiera expresa en su escrito de querella qué hechos integrarían el delito de coacciones».
