[Img #14589]El prestigioso jurista Alberto Palomar impartió la conferencia “Derecho de la competencia y fútbol: problemática actual y soluciones teóricas y prácticas”, dentro del XI Congreso de la AEDD celebrado en Gijón este fin de semana.
 
Dijo Palomar que en el Derecho de la competencia toda la jurisprudencia ha venido diciendo que si el resultado final es una actividad económica, el Derecho Comunitario no debe ser aplicado.
 
Sin embargo, advierte Palomar, el deporte profesional produce un importante flujo de intercambio económico, es un marco de relaciones que crea “Derecho”. Entonces, habrá que plantearse si las 4 figuras claves  del derecho de la competencia (ayudas, concentraciones, abuso de posición dominante, acuerdos de empresa) se han ido produciendo en términos de derecho la competencia y son la introducción, probablemente, de un mundo que no pueda vivir a espaladas de esta realidad  Esto es así, dice el experto, porque en temas como las “ligas profesionales” (instituciones privadas), que pueden encontrarse en una posición dominante. Se debe analizar si son objetivas y transparentes, como un operador económico que sea compatible con el mercado y el comercio entre los Estados miembros.

Por otra parte, existen temas problemáticos en la conformación del mercado que a menudo es afectado por la normativa sectorial. Así, por  por ejemplo, el pago de la seguridad social a los clubes de futbol de la 2º B que establece nominalmente el Real Decreto-ley 5/2015 es discutible que pueda imponerse a otros agentes económicos diferentes como muestra de una solididariadad que realmente, en términos empresariales, no es nada sencilla de entender.

O lo relativo a los derechos de transmisión de partidos y su duración que, probablemente, debería ser superior como en el NBA y, en  todo caso, aplicable al conjunto del deporte profesional y no solo al fútbol, o la modificación de las apuestas deportivas que impone una obligación de entrega de resultados, calendarios, etc…sobre la base de una compensación que ni se ha analizado.

 

Dice Palomar que «limitar normativamente» temas como éstos significa que nos encontramos ante algo poco homogéneo en su regulación.
 
Por todo ello, concluye, existe la necesidad de concebir el deporte profesional con criterios mercantiles y de competencia y que las limitaciones que, tan a menudo, establece el legislador por “intereses general”, tengan realmente un sentido que en muchos momentos (apuestas deportivas) resulta muy dificil de considerar.

 

 

Por IUSPORT

Si continúa navegando acepta nuestra polìtica de cookies    Más información
Privacidad